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San Francisco

Autorizan la vacunación compulsiva de un recién nacido

Sus padres se negaban a ponerle las vacunas del calendario obligatorio. El juez que intervino autorizó a las autoridades de la Clínica San Justo y señaló el riesgo para la comunidad en caso de no cumplir con la vacunación.

Redacción HDCPorRedacción HDC
26 de noviembre de 2024
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El tribunal señaló que los padres del bebé estaban incumpliendo la ley.

El tribunal señaló que los padres del bebé estaban incumpliendo la ley.

El juez Andrés Peretti autorizó la vacunación compulsiva de un bebé que nació en la Clínica San Justo, de la ciudad de San Francisco. Los padres del niño se negaron a colocarle las dosis correspondientes al calendario de vacunación obligatorio. Frente a esta situación, el pediatra de guardia de la institución puso en conocimiento de la negativa a la Unidad de Desarrollo Regional de la Secretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia.

Debido a la urgencia del caso, puesto que el niño debe recibir las vacunas dentro de las primeras 12 horas de vida, intervino en forma inmediata el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil San Francisco.

El tribunal señaló que los padres del bebé estaban incumpliendo la Ley n.° 27.491, que indica el carácter de obligatoriedad de las vacunas del calendario nacional y la responsabilidad de quien represente legalmente al niño, adolescente o persona incapaz de cumplir con su vacunación. Además, consideró que la negativa afectó ostensiblemente el interés superior del niño.

“Sin desconocer el principio de autonomía de la voluntad (art. 19 de la Constitución Nacional), en todo momento debo guiarme por el interés superior del niño, el cual prevalece sobre cualquier otro interés, atento que el niño recién nacido es el más vulnerable y necesitado de protección”, indicó el magistrado.

A su vez, señaló que no colocar a su hijo las vacunas “afecta no sólo al niño recién nacido, sino que, además, implica un riesgo para toda la comunidad y compromete la eficacia del régimen de vacunación oficial”.

“Las vacunas incluidas en el Calendario Nacional de Vacunación no alcanzan sólo al individuo que la recibe, sino que, además, incide directamente en la salud pública cuyo objetivo principal es reducir y/o erradicar los contagios en la población”, resaltó el juez Peretti.

Así, las autoridades de la Clínica San Justo fueron autorizadas a proceder a la vacunación compulsiva del niño recién nacido y emplazar a sus padres para que cumplan con el calendario nacional de vacunación obligatorio, bajo apercibimiento de ley.

Fuente: Poder Judicial de la Provincia de Córdoba.

Temas: Calendario de vacunaciónInformaciónSalud públicaSan Francisco
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