miércoles 13 de mayo
Suscribite al diario papel
Hoy Día Córdoba
Recibí contenido gratuito
  • Inicio
  • Hoy Córdoba
  • Hoy País
  • Hoy Mundo
  • Análisis
  • Política
  • Economía y Negocios
  • Deportes
 
Sin resultados
Ver todos los resultados
 
  • Inicio
  • Hoy Córdoba
  • Hoy País
  • Hoy Mundo
  • Análisis
  • Política
  • Economía y Negocios
  • Deportes
Sin resultados
Ver todos los resultados
 
Hoy Día Córdoba
Inicio Sociedad
De una familia cordobesa

La Justicia Federal rechazó un amparo contra el pase sanitario

El juez Bustos Fierro hizo hincapié en preservar la salud pública como un bien común que debe primar ante los derechos individuales; también remarcó que no usar el pasaporte en eventos masivos pone en riesgo la seguridad de los asistentes y del personal

RedacciónPorRedacción
26 de enero de 2022
La Justicia Federal rechazó un amparo contra el pase sanitario

El juez federal número 1 de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro, rechazó ayer un amparo presentado por una familia que buscaba ser eximida de portar y exhibir el pase sanitario libre de Covid-19 para ingresar a los lugares restringidos, como actualmente estipula la normativa oficial.

El recurso apuntaba contra los decretos 1198/2021, del jefe de Gabinete, Luis Manzur, y el 154672021, del gobierno de Córdoba. Al respecto, solicitaron al magistrado una medida de no innovar, así como también la inconstitucionalidad de esos decretos. La familia manifestó que en el contexto de la pandemia, los gobiernos nacional y provincial adoptaron medidas de prevención, restringiendo la circulación ambulatoria de los ciudadanos e imponiendo en forma indirecta la obligación de la vacunación, al establecer la obligatoriedad de exhibir el pase sanitario para ingresar a determinados sitios.

Los amparistas señalaron que la ley 27.491 (de control de enfermedades prevenibles por vacunación), consignada como otro de los fundamentos de la decisión administrativa oficial, no fue dictada antes del brote pandémico. Así, según sostuvieron, esa normativa no puede tenerse por válida como precedente a un instituto normativo aplicado a la pandemia, que regula situaciones distintas a las que pretende alcanzar aquella, no estableciendo -la norma- obligatoriedad de la vacunación. Por lo tanto, consideraron que el órgano administrativo toma como precedente una ley del Congreso, se arroga funciones que no posee y va en sentido contrario de la norma que utiliza como sustento.

En el amparo explicaron que el Estado nacional y la Provincia establecieron un régimen de restricción, limitando el derecho de ingresar a determinados lugares, a quienes no cuenten con el pase sanitario, afectando el derecho a circular libremente, que es constitucional. También plantearon que se lesionó el derecho a la disposición sobre el propio cuerpo, obligando en forma indirecta a recibir la vacuna, porque para contar con el pase, se requiere tener al menos dos dosis, sin ninguna norma que los obligue a ello; estableciéndose su obligatoriedad en forma velada.

El rechazo del fiscal

El fiscal General de Feria, Carlos Gonella, consideró que en el contexto pandémico, la vacunación y las demás herramientas de prevención, como el pase, encuentran un rol central para la eventual superación de la situación sanitaria, social y económica. Afirmó que el objetivo de esas medidas es que las personas que participen de actividades con un mayor riesgo epidemiológico tengan un esquema de vacunación completo, ya que de ese modo se reduce significativamente el riesgo de infecciones graves y de transmisión del virus (asegurando, asimismo, que el sistema de salud funcione en condiciones de infraestructura óptima).

Remarcó que no solo está en juego la salud, sino el normal desenvolvimiento de la sociedad, porque una baja tasa de transferencia del virus y un sistema de salud robusto, impiden restricciones de circulación. Así, consideró que los amparistas no demostraron cómo los decretos afectaron el ejercicio de derechos fundamentales, porque esas medidas buscan la prevención y control sanitario y la consecución de fines colectivos constitucionalmente legítimos, sin violar la Constitución.

Al evaluar como incumplidos los requisitos para la tramitación del amparo, solicitó a Bustos Fierro el rechazo.

El «no» de Bustos Fierro

Tras analizar la cantidad de infectados y muertos en el país, y las decisiones tomadas en todo el mundo, algunas de contenido restrictivo, con miras a un fin superior y colectivo (la salud y la vida de toda su población), el juez rechazó el amparo. “El único derecho constitucional reconocido como absoluto y presupuesto necesario del resto es el derecho a la vida. Los demás derechos de los que gozan los habitantes de la Nación pueden ser limitados por el Estado, que se encuentra investido del poder de policía para establecer un marco normativo que (…) asegure su ejercicio por parte de todos los ciudadanos”, afirmó Bustos Fierro.

Y consideró que en un marco de total excepción e incertidumbre, la aplicación de un pase sanitario resulta razonable. “Solo afecta con baja intensidad la posibilidad de circular por parte de las personas, quienes pueden moverse libremente por todo el territorio del país. Únicamente se encuentra vedado el ingreso a aquellas actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario, en las que la participación de personas sin inoculación puede generar un riesgo de contagio que, si se concreta, es hábil para afectar ese bien común que debe primar ante los derechos individuales que pretenden ejercer los actores de manera absoluta”, indicó.

Consideró, asimismo, que establecer por vía judicial una excepción a la regla establecida por la autoridad de aplicación para el ingreso de las personas a eventos masivos “podría generar trastornos que podrían afectar su normal desenvolvimiento, y poner en riesgo la seguridad de los asistentes y del personal”.

Por otro lado, Bustos Fierro afirmó que la “postura absoluta” que la familia esgrimió en su planteo “equivaldría a la creación de un escudo jurídico que no solo habilite el incumplimiento de las medidas sanitarias dispuestas, lo que es aún peor, invalidaría la actividad preventiva del poder punitivo del Estado en aplicar el artículo 202 del Código Penal que establece que será encarcelado aquel que propague una enfermedad peligrosa y contagiosa”.

Temas: DestacadasPase sanitario
Compartir en WhatsAppCompartir en FacebookCompartir en Twitter

Noticias relacionadas

Barberos cordobeses realizan jornadas solidarias para personas en situación de calle.
Sociedad

Solidaridad. “De corazón siempre”: barberos cordobeses que ayudan a personas en situación de calle

12 de mayo de 2026
Línea municipal de salud mental: una voz profesional que escucha y orienta
Sociedad

Ayuda. Línea municipal de salud mental: una voz profesional que escucha y orienta

11 de mayo de 2026
Marcha Federal Universitaria: jóvenes reafirman su compromiso con la educación pública
Sociedad

La cuarta. Marcha Federal Universitaria: jóvenes reafirman su compromiso con la educación pública

11 de mayo de 2026
El derecho a un final digno vuelve al centro del debate con el libro de “Pecas” Soriano
Salud

Vida y muerte. El derecho a un final digno vuelve al centro del debate con el libro de “Pecas” Soriano

7 de mayo de 2026

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Noticias más leídas

La Marcha Federal Universitaria fue multitudinaria en Córdoba

Por la educación pública. La Marcha Federal Universitaria fue multitudinaria en Córdoba

PorRedacción
12 de mayo de 2026
3

Combustibles en Córdoba: aumentó la nafta y crece la incertidumbre

Lecturas del surtidor. Combustibles en Córdoba: aumentó la nafta y crece la incertidumbre

PorKaren Zapata
11 de mayo de 2026
0

Belgrano derrotó a Unión y se metió por primera vez en las semifinales del Apertura

Sigue haciendo historia. Belgrano derrotó a Unión y se metió por primera vez en las semifinales del Apertura

PorRedacción
12 de mayo de 2026
0

Yrigoyen

Historias. Hipólito, ¿hijo de Juan Manuel?

PorJuan Cruz Taborda Varela - Especial
12 de mayo de 2026
1

Atenas se juega la historia con la obligación de ganar en Junín

Permanencia. Atenas se juega la historia con la obligación de ganar en Junín

PorRedacción
12 de mayo de 2026
0

Últimas destacadas

Nacional

El Senado abre el debate de la reforma electoral con eje en la eliminación de las Paso

1 hora atrás
Nacional

El Gobierno prohibió el ingreso de deudores alimentarios a estadios fútbol

1 hora atrás
Sucesos

Allanaron un departamento y secuestraron más de 80 celulares ocultos

1 hora atrás
Sucesos

Detuvieron a un hombre con un inhibidor de alarmas dentro de un automóvil

2 horas atrás
+ Seguí a Hoy Día Córdoba en Google News Google News
Hoy Día Córdoba

Medio de comunicación de la ciudad de Córdoba, Argentina. Periodismo con agenda propia.

Secciones

  • Agrietados
  • Ambiente
  • Análisis
  • Análisis internacional
  • Automovilismo
  • Autos
  • Azar
  • Basquet
  • Boxeo
  • Ciencia
  • Club de la Porota
  • Columnistas
  • Córdoba
  • Cuaderno de bitácora
  • Cuentos de Verano
  • Cultura
  • Cultura y tecnología
  • Deportes
  • Economía y Negocios
  • El centinela ciego
  • El Imperdible
  • El ojo de Horus
  • El Transeúnte Insomne
  • En las redes
  • Espectáculos
  • Estilo y Bienestar
  • Finanzas
  • Fútbol
  • Gastronomía
  • Gente
  • Golf
  • Hacia la tierra sin mal
  • Hockey
  • Hoy Comunidad
  • Hoy Córdoba
  • Hoy Día Clip
  • Hoy Mundo
  • Hoy País
  • Humor
  • Información
  • Información General
  • Mascotas
  • Nacional
  • Negocios y empresas
  • Política
  • Política Cordobesa
  • Rugby
  • Salud
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Tapa del día
  • Tecnología
  • Tenis
  • Turismo
  • Un pedante en delantal
  • Voley

Institucional

  • Inicio
  • Staff
  • Edición Impresa
  • Registro Gratuito al News
  • Suscripción Papel
  • Juegos
  • Sorteos
  • Política de privacidad
  • Contacto
  • Inicio
  • Contacto
  • Política de privacidad

© 1997-2026 - Hoy Día Córdoba - Todos los derechos reservados. Desarrolla: Daskalos.


Sin resultados
Ver todos los resultados
Registrate al news
  • Hoy Córdoba
  • Ambiente
  • Análisis
  • Autos
  • Azar
  • Ciencia
  • Columnistas
  • Cultura
  • Deportes
  • Economía y Negocios
  • Espectáculos
  • Estilo y Bienestar
  • Gastronomía
  • Gente
  • Hoy Comunidad
  • Hoy Día Clip
  • Hoy Mundo
  • Hoy País
  • Humor
  • Mascotas
  • Política
  • Salud
  • Sociedad
  • Sucesos
  • Tecnología
  • Turismo
  • Edición Impresa
  • Podcasts
  • Hoy Día Juegos
  • Iniciar Sesión
  • Registrarse

© 1997-2026 - Hoy Día Córdoba - Todos los derechos reservados. Desarrolla: Daskalos.