El Juzgado en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Laboulaye hizo lugar a una demanda de filiación presentada por una joven de 22 años en contra de su padre biológico para que la reconozca como hija. Asimismo, condenó al progenitor a abonar una indemnización de $ 1.026.000, más intereses, por el daño moral que le ocasionó a su hija por vulnerar su derecho a la identidad personal.
Con respecto a los hechos, cuando nació, la joven demandante vivía en un establecimiento rural, al sur de la provincia, que era propiedad del demandado. Fue anotada en el Registro Civil por la pareja de su madre. Según constancias de la causa, cuando la niña tenía alrededor de diez años, su padre biológico se realizó un estudio de ADN privado que dio positivo.
Sin embargo, mantuvo el desconocimiento de su hija. La madre evitó iniciar una acción de filiación y la joven tuvo que esperar a cumplir 18 años para conocer su verdadera identidad. En la causa, entendió el juez Ignacio Sabaini Zapata quién tomó en consideración la actitud asumida por el demando desde que supo que efectivamente era el padre de la joven para establecer el monto de la indemnización, la más alta otorgada en la provincia en este tipo de demandas.
El juez consideró que el padre asumió una actitud omisiva y dilatoria en el proceso, pues sabía del embarazo, conocía que la niña era hija suya y, no obstante, mantuvo su desinterés. Además, se suman las actitudes procesales que tuvo el demandado que generaron una actitud reacia a colaborar en la dilucidación de la verdad jurídica objetiva”, sostuvo el juez quién detallo que el demandado había sido convocado por el tribunal para someterse a una prueba de ADN oficial pero no se presentó en el laboratorio.
El magistrado destacó, asimismo, la diferencia de trato que realizó entre sus hijos reconocidos y la demandante. Mientras proveía una vivienda adecuada a las necesidades básicas a sus hijos [reconocidos], su hija vivía hacinada en una pieza y cocina, sin baño y con siete personas… Sus hijos eran abastecidos de alimentos, pero su hija iba a pedir medicamentos y comida al ‘policlínico’”, afirmó el magistrado.
La falta de reconocimiento se trata de una lesión a los derechos de la personalidad, una violación del derecho a la identidad personal al negarse el estado de familia de hijo… toda persona humana posee derecho subjetivo y constitucional a determinar y conocer su propia identidad y a tener una filiación”, enfatizó el juez civil.