Hace unos meses, dos chicas de 17 años que cursan en el Instituto preuniversitario Manuel Belgrano en Córdoba empezaron a recibir solicitudes en Instagram de hombres de entre 40 y 50 años.
A ellas les pareció rara la insistencia y que les pasara lo mismo. Una chateó con uno de esos usuarios y se enteró por qué, como más alumnas de ese secundario, estaban llamando tanto la atención en redes.
Con Inteligencia artificial (IA), un alumno de 18 años que ni siquiera cursaba con ellas había creado fotos sexuales mezclando sus caras con el cuerpo de otras mujeres, y las subió a páginas porno. En cada imagen puso el nombre y apellido de las chicas, por eso buscaban sus perfiles.
La familia de las dos chicas que eran “molestadas” en Instagram y hoy están bajo tratamiento psicológico, lo denunciaron penalmente. A la par, en una actuación contravencional, otras 20 alumnas dicen haber sido víctimas de más fotos trucadas.
Historias así emergen de a poco, pero el caso de Córdoba derivó en una resolución inédita en Argentina: al alumno se lo imputó por lesiones graves calificadas por violencia de género.
“El caso claramente es violencia de género, por el posicionamiento del imputado frente a las víctimas y la cosificación sexual a la que son sometidas en el medio digital”, dijo Pablo Cuenca Tagle, el fiscal del fuero de Violencia Familiar que lo imputó.
Puntualmente, la Ley 26.485 de Protección de la Violencia contra la Mujer, en su artículo 6, inciso I, prevé el tipo de “violencia digital o telemática por conductas que afectaren la reputación de la víctima”, y expresamente habla del supuesto de “difusión, sin consentimiento de material digital real o editado, intimo o de desnudez, que se le atribuya a las mujeres”.
En definitiva, dice Tagle, aunque “la ley penal debe necesariamente actualizarse generando nuevos tipos penales específicos contra la IA”, en este caso particular: “La acción del imputado puede ser encuadrada en la figura de las lesiones psicológicas, que no requieren un medio específico de comisión”.
El chico de 18 años continúa en libertad, con restricción de acercamiento con las denunciantes. El fiscal ordenó un allanamiento en la casa del imputado y el resultado fue “positivo”: le encontraron la computadora y el celular desde donde le dio la orden (y el material) a un programa de inteligencia artificial para que cree las fotos sexuales que después subió a sitios de pornografía. Pero, antes de esos dispositivos que lo inculpan, ¿cómo supieron las chicas que él estaba detrás de ese contenido falso?
“Primero, porque habría habido un reconocimiento del hecho frente a los amigos y, segundo, porque se rastreó el IP que identifica el domicilio del autor de las fotos», dijo Tagle.
“Las caras son las caras de las chicas, no importa que les hayan puesto otro cuerpo. Si eran menores de edad, el delito es difusión de pornografía infantil. Lamentablemente, no es delito difundir pornografía de mayores. Este caso nos hace replantearnos modificaciones urgentes en el código. Sobre todo por la IA”, dijo a Clarín Daniela Dupuy, la fiscal penal especializada en delitos informáticos de la Ciudad de Buenos Aires.