La causa «Banda de los Bomberos» tuvo un avance este viernes ya que el fiscal de Instrucción del Distrito I turno 2º, Guillermo González, ordenó la prisión preventiva de Gustavo Jorge Folli Pedetta como supuesto coautor del delito de Asociación Ilícita en carácter de jefe, autor mediato de Aborto, Coacción, y Tráfico de Influencias reiterada y de Sergio Enrique Sosa, por considerarlo supuesto coautor del delito Asociación Ilícita en carácter de jefe.
Según informaron desde la Justicia, se ha podido demostrar que el imputado Folli, dio origen a la estructura delictiva cuando fue designado Director de Bomberos en el año 2008, que fue conformada también por un grupo de policías de menor jerarquía que trabajaban en el cuartel central de bomberos, creando una oficina paralela a la de Asesoramientos y Proyectos Técnicos, para tramitar los certificados de inspección de bomberos apócrifos.
«A través de la oficina paralela se cometieron un número indeterminados de delitos en perjuicio de la fé pública que comprometieron seriamente la seguridad pública, logrando, con la expedición de los falsos certificados, que establecimientos comerciales de diferentes rubros como supermercados, complejos deportivos, consultorios médicos, etc, pudieran en los hechos funcionar y operar comercialmente infringiendo la normativa vigente en materia de higiene y seguridad (…) todo ello, presumiblemente a cambio de importantes sumas de dinero», explica el comunicado.
Por otro lado, se destacó que «la conducta del imputado Sergio Sosa, fue continuar ese negocio paralelo una vez que Folli dejó la sede de bomberos para pasar a ser Subjefe de Policía, vale decir, quien designa al Director de bomberos, y prosiguió organizando dicha oficina con directivas tendientes a darle visos de regularidad a los certificados que al final de cuentas permitirían que los locales comerciales continuaran en actividad, generando un peligro inminente para la sociedad».
En el cierre del expediente del fiscal González se aclara que podrían haber «nuevas imputaciones, otras intervenciones dentro de la asociación ilícita y atribuciones delictivas respecto a otras personas ajenas a dicha asociación» ya que restan especificarse los hechos particulares respecto a cada local comercial la organización delictiva intervino, y por los cuales, los aludidos imputados deben ser nuevamente intimados.