La adolescente de 16 años que el pasado martes fue asesinada en su casa de la ciudad de Córdoba, hecho por el que fue detenido su padrastro, recibió 25 puñaladas en distintas partes del cuerpo, según establecieron los forenses que practicaron la autopsia, que aún procuran determinar si la víctima fue además abusada sexualmente, informaron hoy fuentes vinculadas a la investigación.
Los voceros detallaron que el informe que detalla las lesiones sufridas por Milagros Geraldine Reyes llegó a manos de la fiscal del Distrito 4 Turno 6, Jorgelina Gutiez, quien derivó el caso a su colega de Violencia Familiar y de Género Celeste Orta Córdoba.
La instructora judicial espera ahora recibir los resultados de estudios complementarios de la autopsia con el objeto de establecer si hubo también un abuso sexual, tal como presumieron los pesquisas tras el hallazgo del cuerpo de la víctima semidesnudo.
Por el ataque se encuentra detenido y acusado por el momento del delito de «homicidio calificado», Dante Romero (35), expareja de la madre de la víctima y padre de sus dos hermanos mellizos, quien había sido denunciado por violencia de género y sobre quien pesó en un momento una orden de restricción de acercamiento que ya había expirado, detallaron las fuentes.
Milagros fue hallada asesinada el pasado martes por uno de sus hermanos de 12 años, en la casa en la que vivía con su bebé de un año, situada en la calle Gerardo Gritti, del barrio Villa Monja Sierra, de la capital cordobesa.
El niño alertó del hecho a su madre, quien llamó a la policía, que a los pocos minutos llegó al lugar y desplegó las diligencias de rigor.
A partir de los primeros datos recabados, los investigadores apresaron como sospechosos a la expareja de la mamá de la víctima, quien hasta el momento no fue indagado.
La investigación está centrada en un posible «femicidio vinculado», el cual es definido por organizaciones feministas como «aquellas personas con vínculo familiar o afectivo con una mujer, que fueron asesinadas por el femicida con el objeto de castigarla y destruirla psíquicamente».
Dicha figura está contemplada en el inciso 12 del artículo 80 del Código Penal, donde se establece que se impondrá reclusión o prisión perpetua «al que matare con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación».