Especialistas en salud mental desmintieron de modo categórico que la Ley Nacional Nº 26.657 impida las internaciones involuntarias de personas que atraviesan padecimientos psiquiátricos severos, y coincidieron en que los problemas que atraviesan algunas familias para acceder a éste u otros tratamientos terapéuticos no tienen su origen en el articulado de esa norma, sino en las dificultades para su plena implementación.
«Si bien es cierto que los padecimientos mentales y los consumos problemáticos (de sustancias psicoactivas), cuando revisten gravedad, son muy difíciles de abordar, la Ley de Salud Mental brinda herramientas suficientes para todo tipo de intervenciones, incluyendo las que se hacen sin el consentimiento de la persona», dijo a Télam el exdiputado y autor de la ley, Leonardo Gorbacz.
«En todo caso, el debate no debería enfocarse en la ley, sino en cómo está organizado el sistema de salud mental o cómo hacemos para mejorarlo, tanto para la atención de situaciones de crisis como para los abordajes ambulatorios o cómo se hace para que la internación no se transforme en una institucionalización», agregó quien hoy ejerce como director nacional de Protección de Grupos en Situación de Vulnerabilidad, de la Secretaría de Derechos Humanos.
Los cuestionamientos a la Ley de Salud Mental, sancionada en 2010, se reavivaron en las últimas semanas a partir de la trascendencia mediática de la internación psiquiátrica del hijo de Roberto Pettinatto, Felipe, tras sobrevivir al incendio del departamento donde se encontraba presuntamente transitando una crisis en presencia de su neurólogo, quien resultó muerto en el siniestro. Y el abordaje y las derivaciones clínicas que tuvo una nueva situación de consumo de sustancias psicoactivas por parte del cantante Santiago «Chano» Charpentier.
«Es algo que se podría haber evitado si la Ley de Salud Mental fuera de otra manera», opinó su hermana Tamara Pettinato. Una postura similar asumió desde el Senado Marina Charpentier, la madre de Chano, el cantante que en el año pasado perdió un riñón, el bazo y parte del páncreas por un balazo policial durante un brote psicótico, en el que también intervinieron su familia y personal de salud. «Me dicen que él tiene que tener voluntad de internarse. ¿De verdad hay que ir con una orden de allanamiento para salvarle la vida a un hijo?», interrogó la mujer días pasados en el marco de una jornada parlamentaria centrada en la norma y su posterior reglamentación.
Aprobada el 25 de noviembre de 2010, la Ley Nº 26.657 supuso un cambio de paradigma en materia de salud mental en concordancia con los tratados internacionales y las exigencias de la OMS, en la medida en que implica pasar de un modelo «hospital céntrico», tutelar y de aislamiento a otro basado en la atención en hospitales generales y una red integrada de dispositivos intermedios de base comunitaria (casas de medio camino y de convivencia, centros y hospitales de día, talleres, emprendimientos sociolaborales), la autonomía con apoyos y la inclusión social.
Además, limita las institucionalizaciones, fija un mínimo presupuestario de 10% de los fondos destinados a salud, prohíbe la creación de nuevos centros de encierro (antes llamados «manicomios») y contempla la readecuación de los existentes hacia instituciones polivalentes.
La norma dedica un capítulo -el VII- a reglar las internaciones voluntarias e involuntarias. En relación a estas últimas, el artículo 20 establece que «debe concebirse como recurso terapéutico excepcional» e indica que «sólo podrá realizarse cuando a criterio del equipo de salud mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros».
«Lo primero que hay que decir es que la ley fue sancionada en respuesta a una situación muy grave que nosotros la documentamos a través del informe ‘Vidas Arrasadas’ (2008), el cual mostró que en ese momento en Argentina había 25.000 personas internadas sometidas a gravísimas violaciones a los derechos humanos por hacinamiento, abusos sexuales, abandono generalizado, infecciones y muertes por cuestiones absolutamente evitables», dijo a Télam la coordinadora de Salud Mental en el CELS, Macarena Sabin Paz.
La licenciada en Psicología explicó que la norma «vino a poner fin» a esta situación y, en el caso de las internaciones, «a decir en qué casos se pueden permitir, bajo qué parámetros de legalidad y controles» para que ya no hubiera «personas que ingresaban por una crisis y se quedaban por años» solamente «por pobres, porque no tenían obra social o un tratamiento privado o porque no podía afrontar su propio cuidado».
Por su parte, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la cual y desde 2020 lleva adelante la campaña «Argentina sin manicomios» por la efectiva implementación de la Ley de Salud Mental, emitió un comunicado para desmentir «mitos» sobre esta norma tales como que «si se implementa la ley, las personas que están internadas van a quedar en la calle», que «la ley excluye a las y los psiquiatras», que «el sistema de atención que establece la ley es inaplicable» y que «las personas con problemas de salud mental son peligrosas y no deben estar afuera de los neuropsiquiátricos».
«La ley prevé las internaciones involuntarias y los hechos muestran que efectivamente se realizan: solo en la Ciudad de Buenos Aires se produjeron más de 30.000 en los últimos nueve años», dijo a Télam el abogado del programa Derechos de las Personas con discapacidad de ACIJ, Eduardo Quiroga.
«Esto no quiere decir que el sistema funcione bien y esto excede la letra de la ley, porque supone implementar lo que ella prevé, como la presencia de equipos interdisciplinarios en todos los centros de atención, que las obras sociales y prepagas adecuen sus prestaciones a las obligaciones que establece, que las fuerzas de seguridad estén capacitadas para asistir a los profesionales de la salud, que existan dispositivos para el acompañamiento tras la externación como hospitales de día o cooperativas de trabajo», dijo.
Gorbacz defendió la necesidad de someter las internaciones involuntarias a control judicial «para que no ocurra ningún tipo de abuso», ya que se trata de «restringir un derecho fundamental, como es la libertad».
En tanto, Sabin Paz recalcó que «en ninguna circunstancia las fuerzas de seguridad pueden determinar la internación de una persona en crisis de salud mental» y su función es sólo de «asistencia al equipo de salud».
«Por otro lado, si todos los esfuerzos están puestos únicamente en la internación, nos quedamos en lo fenomenológico siendo que las personas somos mucho más que la crisis que nos atraviesa en un determinado momento, y por eso es necesario que esa internación incluya una articulación y diálogo constante con la prolongación de ese tratamiento en el afuera, con la posterior gestión de la vida cotidiana», dijo.
Gorbacz desmintió que la salud mental pueda desvincularse del ejercicio de los derechos humanos. «Por un lado -señaló-, los padecimientos mentales no son situaciones que se generan sólo por fallas neurológicas, sino que las condiciones de vida inciden claramente. Por otro, la atención de las personas en instituciones privadas o públicas es una responsabilidad del Estado y cuando se brindan restringiendo la libertad las dejan en una situación de vulnerabilidad que requiere, sí o sí, de controles para evitar todo tipo de abusos como sucede y como ha sucedió históricamente».
Quiroga destacó las «demandas crecientes para los servicios de salud mental» y la «brecha de atención» existente en la región según la cual «el 80% de las personas que la requieren, no la reciben».
«Implementar la Ley de Salud Mental va a permitir que ese porcentaje se reduzca y que cada vez más personas reciban la atención adecuada, accesible, de calidad y respetuosa de sus derechos», concluyó.