Las aseguradoras de riesgos del trabajo lanzaron hoy señales de alarma contra los «altos intereses» que incluyen los fallos por accidentes laborales, que superan a la inflación y llegan a multiplicar por 30 el valor originalmente reclamado.
Dijeron que esas sentencias «superan en muchos casos tanto la inflación como la evolución de los salarios».
La Unión Argentina de Riesgos del Trabajo (UART) consideró que esos ajustes están «fuera de todo parámetro de razonabilidad».
«Desde la UART queremos alertar sobre una nueva amenaza que pende sobre el mundo del trabajo, generando enorme preocupación en las empresas, sin distinción de su tamaño, y en las ART», indicó la entidad.
Señaló que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT) aprobó el ACTA 2764, modificando radicalmente la forma de aplicación de tasas de interés que hasta ese momento se utilizaba en juicios laborales, tanto por accidentes como despidos, multas y demás créditos laborales.
«Esta sorpresiva modificación tiene aspectos poco claros y de escaso consenso, incluso para los firmantes, jueces de la CNAT, quienes volvieron a reunirse con el propósito de aclarar puntos claves del procedimiento, sin poder arribar a un acuerdo generalizado entre la multiplicidad de opiniones vertidas», señaló la UART.
Para la entidad, el acta de la Cámara debió indicar expresamente que se aplica la capitalización de los intereses desde el momento del hecho, siempre que sea posterior al primero de agosto del 2015, fecha de entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, ya que antes estaba prohibido.
Y también que la misma es por una única vez después de la notificación de la demanda y no anual, al considerar que esa cuestión «crea incertidumbre, al dejar vacíos abiertos a diferentes interpretaciones».
«Esto vuelve a poner sobre el tapete el cuestionado funcionamiento de la justicia laboral, ya que exacerba la problemática de la base o punto de partida de estos créditos laborales», alertó la cámara que enrola a las aseguradoras.
Dijo que en la actualidad «se aplican intereses que vienen a actualizar de manera astronómica los valores reclamados, de una forma que nada tiene que ver con la razonabilidad de otros índices».
Así, una demanda iniciada en 2015 sobre un reclamo de $100.000 ahora pasaría a pagar $3.023.000.
Si esta cifra hubiera sido actualizada por evolución salarial (RIPTE) o Inflación(IPC), el valor final estaría en torno a los $1.945.000.
«Este impacto en torno al 50% afecta fuertemente el stock judicial vigente (en tanto esta nueva acta, a contrario de las anteriores, propone una retroactividad sobre períodos ya devengados), agravando así el despropósito generado por la injustificada demora en la constitución de los Cuerpos Médicos Forenses», señaló la UART.