Una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró que el sistema procesal penal de la provincia de Córdoba y la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) son violatorias de los estándares internacionales en materia de Derechos Humanos y ordena reparar” esa situación.
En otros términos, el derecho violado es el de poder recurrir un fallo ante una instancia superior, lo que en la jerga judicial se denomina casación. El fallo es de cumplimiento obligatorio tanto por parte del gobierno nacional, como del gobierno provincial. Se trata de una sentencia emitida con fecha del 20 de julio, dada a conocer el 5 de agosto pasado, y comunicada ese día a los abogados de las víctimas Víctor Pérsico y Juan Carlos Vega (este último, además, como presidente del Servicio Argentino de Derechos Humanos).
La sentencia se emitió en el caso de Julio Cesar del Valle Ambrosio y Eduardo Domínguez Linares condenados por la Cámara Novena del Crimen de Córdoba el 23 de diciembre de 1997 a tres años y seis meses de prisión a cada uno, con accesorias de ley y costas. Para los jueces cordobeses habían sido participes necesarios del delito de defraudación por administración fraudulenta calificada”.
La resolución del máximo tribunal continental americano es un balde agua fría para la Justicia cordobesa y para el gobierno provincial, porque obliga a adecuar la Legislación Procesal Cordobesa a la Convención Americana sobre DD.HH.” y pone en el ojo del sistema interamericano una parte del esquema doctrinario de la Justicia cordobesa.