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Código de Convivencia municipal

La reincidencia de faltas ambientales o al volante sería penada con hasta 15 días de prisión

Es una de las propuestas previstas en la actualización del Código de Convivencia de nuestra ciudad, cuyo análisis quedó a cargo del Concejo Deliberante.

Ernesto Kaplan Por Ernesto Kaplan
23 de junio de 2025
El exceso de velocidad comienza a multarse en la ciudad.

El exceso de velocidad comienza a multarse en la ciudad.

A partir de que más del 50% de las sanciones previstas en el Código de Convivencia municipal no se vienen aplicando desde hace años por múltiples factores tales como la dificultad operativa para identificar a los infractores, el intendente Daniel Passerini decidió impulsar una ambiciosa actualización, cuyo análisis quedó a cargo del Concejo Deliberante de esta capital.

Allí, se empezarán a receptar las opiniones de los ediles de todos los bloques, además de funcionarios, miembros de universidades locales, de la Justicia, y de organizaciones de la sociedad civil. La intención oficial es que la iniciativa se apruebe por consenso antes de fin de año.

Como se recordará, el actual Código de Convivencia es el conjunto normativo más cercano al ciudadano. Regula la vida cotidiana de toda la ciudad: desde el tránsito hasta la protección ambiental, bromatología, habilitación de negocios y cómo se utilizan los espacios públicos, sólo por mencionar algunas áreas.

La norma data del año 2016, está definida en la ordenanza número 12.468 y vino a reemplazar al viejo Código de Faltas, con un enfoque netamente punitivo. Contiene 289 artículos, de los cuales 225 están destinados a establecer sanciones por infracciones. Sin embargo, en los últimos 10 años, solo 94 de esos artículos superaron las 100 actas labradas. Los 131 restantes muestran niveles de aplicación bajos o directamente nulos.

Al ser consultado al respecto, el titular de la Justicia de Faltas municipal, Juan Manuel Aráoz, comenzó por explicar en una entrevista con HOY DÍA CÓRDOBA que, por un pedido del Intendente, se resolvió abrir el debate a través de un proceso verdaderamente participativo, en lugar de enviar un proyecto de ordenanza “a libro cerrado”.

Con ese fin, el Concejo conformará una comisión específica que se dedicará con exclusividad a tratar la reforma de la citada herramienta. En ese ámbito, Aráoz presentará un informe detallado acerca de los temas que la normativa incluye en la actualidad. Al mismo tiempo, concretará un balance de los últimos 10 años con la intención de defender la necesidad de impulsar una serie de adecuaciones.

“Muchas veces se aprueban ordenanzas en las que se incorporan artículos con prohibiciones que son una buena expresión de deseos, pero que después en la práctica resultan inaplicables. Por ejemplo, el hecho de que los peatones tengan prohibido arrojar colillas de cigarrillos en la vía pública. Para eso, se necesitaría un inspector al lado de cada persona”, graficó el funcionario. Además, ocurre que el municipio carece de potestad legal para pedir documentos a los vecinos, por lo que, en definitiva, no puede labrar el acta correspondiente.

Cómo regular el uso de celulares al conducir

Aráoz también mencionó la necesaria regulación del uso de los teléfonos celulares al momento de conducir un vehículo. La norma vigente prohíbe su utilización mientras se maneja un auto, moto o camioneta, pero fue pensada en tiempos en los que dichos dispositivos móviles ofrecían funciones más básicas. Por lo que resultaban menos “atractivos”.

“Ahora, son una permanente forma de distracción que provoca accidentes. En un tiempo de conducción promedio de 30 minutos, en algún momento se manipula el GPS, se envía un mensaje por Whatsapp, o se usa una App de música o video. Buscaremos impedir esas prácticas mientras los vehículos se encuentren en movimiento”, detalló.

Sobre el particular, reveló que el modelo que servirá de guía para estas situaciones en particular es el del estado de Florida, en Estados Unidos, donde se permite el uso en casos de emergencias o cuando el vehículo esté detenido.

“Un cambio de paradigma”

La propuesta global apunta a una readecuación de la normativa ambiental, tipificación de infracciones digitales, y a un “cambio de paradigma” que deje de priorizar la sanción, cuya esencia entienden como meramente recaudatoria, hacia un modelo anclado en la prevención, como medio para modificar la conducta de los vecinos.

“Se trata de un cambio de paradigma que iniciamos en la gestión anterior, cuando (Martín) Llaryora era Intendente, enfocado en la prevención. Cuando alguien pasa un semáforo en rojo, la multa es un mecanismo válido porque al tocarle el bolsillo, el vecino lo piensa dos veces antes de cometer otra vez una infracción. Pero son fundamentales las campañas de educación vial para la toma de conciencia y posterior cambio de hábitos de la población”, razonó.

De cualquier modo, el administrador del Juzgado de Faltas municipal hizo mención a quienes no dudan en repetir conductas consideradas como “graves”. Por ejemplo, a partir de la reiteración de hechos de contaminación ambiental, sobre todo por parte de quienes arrojan residuos peligrosos. O aquellos que conducen vehículos en estado de ebriedad, son sancionados, y al poco tiempo insisten con esa práctica temeraria al volante.

Para esas situaciones, se propone restituir la figura del arresto de hasta 15 días, contemplada para los municipios por la Constitución Provincial. El actual Código de Convivencia eliminó esa penalidad en 2016, pero ahora se impulsará desde el Concejo Deliberante su inclusión como una alternativa en casos extremos.

El “respeto” por el espacio público

Cuando el intendente Passerini dio a conocer la semana pasada su propuesta para simplificar el Código de Convivencia municipal se refirió a otro asunto por demás sensible, que tiene que ver con la necesidad de fortalecer el “respeto en el uso del espacio público y de los derechos de las personas”.

En esa definición, hay un amplio abanico de situaciones que se podrían contemplar para regular. Una de ellas está relacionada con las protestas callejeras de gremios y organizaciones que cortan calles.

Aráoz recordó que “el espacio público es el ámbito natural de aplicación del Código de Convivencia. Y las manifestaciones son cuestiones en donde convergen derechos. Obviamente, el derecho constitucional de expresarse en la vía pública, y el derecho del resto de las personas de no sentirse vulneradas y poder circular”.

El funcionario dijo que “son casos en los que convergen las facultades municipales, provinciales y nacionales. Y en el caso de Córdoba, es la Provincia a través de la Policía, la que está facultada para identificar y detener manifestantes. Por eso, es importante poder actuar en forma conjunta”.

Temas: Daniel PasseriniDestacadasInformaciónPolicía de Córdoba
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