La cuarentena continúa. Lo confirmó el Presidente de la Nación. Esta vez y para calmar ansiedades” se extenderá durante tres semanas más, hasta el 28 de junio. De modo tal que el aislamiento social y obligatorio que principió el 20 de marzo, se prolongará por lo menos hasta entrado el invierno, computándose 101 días en total, considerando la cuarentena original (de 12 días) y sus seis prórrogas consecutivas. Sin dudas, este ha sido un otoño distinto, extraño, complejo, atípico. La cuarentena lo consumió por completo y lo condicionó de principio a fin. Y en pleno otoño nos sorprendimos con algunas declaraciones de altos funcionarios que pasaron casi desapercibidas.
El 26 de mayo, el ministro de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, decidió romper el silencio que mantenían los miembros del máximo tribunal, al sostener que la cuarentena adoptada para controlar el brote de coronavirus en el país debe tener un límite temporal”, para después recordar que, en este contexto, los gobiernos no pueden avanzar sobre las libertades individuales”; declaraciones efectuadas desde Rafaela, su ciudad de origen, justo un día después que la Corte resolviera extender el receso que afecta a la justicia federal en todo el país. Por último, alertó que hay un riesgo de autoritarismo a nivel mundial si la emergencia se prolonga en el tiempo”, aunque aclaró que, en nuestro caso, felizmente se ha actuado dentro del Estado de derecho”, lo que puede ser interpretado como una señal de que la Corte no va a intervenir en esta cuestión, o no va a invalidar lo resuelto por el Poder Ejecutivo en el marco de la emergencia sanitaria.
El problema no es solo lo que Lorenzetti dijo sino el lugar en el que se coloca para decir lo que dice, porque más que un ministro en funciones, el santafesino parece asumir el rol de un comentarista de la realidad actual, como si se tratara de un ex juez que ya está gozando de las mieles que le proporciona la pasividad. Nadie en el mundo jurídico, e incluso fuera de él, podrá negar que toda medida de carácter excepcional (como la cuarentena) que imponga restricciones y limitaciones a los derechos y libertades individuales, deberá ser razonablemente acotada en el tiempo, puesto que de lo contrario podría considerarse inconstitucional. Lo que olvida quien durante largos años presidiera el más alto tribunal de la República es que el receso extraordinario impuesto en el ámbito de la justicia federal también debe ser limitado en el tiempo, ya que se trata de una anomalía que, de prolongarse, termina desvirtuando el Estado de Derecho por ausencia de justicia. Y Lorenzetti prefirió guardar silencio. Uno de los aspectos diferenciales que presenta la emergencia actual es la falta de funcionamiento normal que exhibe el Poder Judicial.
El 3 de junio, al anunciar nuevas medidas para flexibilizar la cuarentena local, el gobernador Juan Schiaretti reconoció que si hay algo que esta pandemia trajo es la limitación de las libertades individuales”, para luego anunciar que lo que tenemos que lograr es devolverle a la gente las libertades en la medida que la situación sanitaria lo permita”. Fue muy claro el primer mandatario provincial al sumir su nuevo rol como restaurador de las libertades individuales”, porque no se puede devolver sino lo que previamente se ha quitado o sustraído. Y a confesión de parte, relevo de pruebas. El titular del Panal tomó nota del cansancio social acumulado después de casi 80 días de confinamiento, evidenciado en múltiples manifestaciones de protesta que encabezaron distintos sectores, gremiales y profesionales. Y es que, en estos meses signados por las emergencias, es poco y nada lo que ha quedado en pie del artículo 14 de la Constitución Nacional. De hecho, si repasamos su texto, advertimos que los derechos que allí se aseguran a todos los habitantes de la Nación han sufrido severas y prolongadas restricciones. Por ejemplo, el derecho a trabajar, comerciar y ejercer toda industria lícita ha estado mutilado; el derecho de peticionar a las autoridades, al igual que el derecho de enseñar y aprender, se han visto reducidos al campo de la virtualidad; y no es menester mencionar lo que ocurre con el derecho de entrar, circular, transitar y salir del territorio argentino, derechos cuyo ejercicio es prácticamente imposible en el contexto actual, con fronteras cerradas, rutas bajo estricto control policial, sin transporte público y con muchos pueblos y ciudades que han decidido blindar sus accesos a la manera medieval.
No perdemos de vista que se trata de circunstancias extraordinarias, vinculadas con una pandemia que estalló sorpresivamente, pero tampoco podemos omitir considerar que, según lo dispuesto por el artículo 28 de la Ley Fundamental, los principios, garantías y derechos reconocidos por la Constitución no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio”; y en este caso, no se trata de meras alteraciones sino de restricciones y limitaciones que, dada su excesiva prolongación en el tiempo, podrían haberse tornado irrazonables y, por lo tanto, contrarias a la Constitución que nos rige en la actualidad.
Al fin y al cabo, acaso sea esto lo que haya sugerido Ricardo Lorenzetti y lo que terminó por reconocer el propio gobernador de Córdoba en sus declaraciones, y si en verdad el acceso a la justicia estuviera realmente garantizado en estos días muchos planteos de este tipo podrían llegar a la instancia judicial, pero para ello, previamente, los Tribunales deberían volver a funcionar de modo regular.
En Córdoba, cercado por las críticas y protestas encabezadas por distintos grupos de abogados, y ya sin argumentos válidos para seguir manteniendo el insólito receso judicial instaurado desde mediados de marzo, al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) no le quedó más alternativa que apurar las gestiones para restablecer el modo presencial. A tal efecto, el 1 de Junio se formalizó la petición ante el Centro de Operaciones de Emergencia (COE); la raquítica nota que lo instrumenta, suscripta por María Marta Cáceres de Bollati, en su carácter de presidenta del TSJ, y por Héctor René David y José Antonio Gómez Demmel, como fiscales adjuntos, es una pieza documental que evidencia con total crudeza la falta de independencia que hoy afecta al Poder Judicial en esta provincia. De su tenor se desprende que la máxima autoridad judicial le solicita al COE la reapertura de la sede tribunalicia, cabecera de la primera circunscripción judicial, de modo tal que se retome (ese es el verbo utilizado en la citada nota) la prestación del servicio presencial de justicia.
Como podrá advertirse, el Poder Judicial de Córdoba depende del COE; es el COE el que autoriza o deniega la autorización para que funcione un poder del Estado provincial, determinando cómo y cuándo puede volver a funcionar. Últimamente todo ha quedado subordinado al COE, que se erige en un órgano supra poder”, no previsto por la Constitución provincial, pero del cual dependen los poderes constituidos para poder ejercer sus atribuciones constitucionales. Ninguna emergencia, por más grave que fuere, permite convalidar semejante aberración constitucional.
Rápidamente, el COE concretó su autorización y el 8 de junio se pudo reanudar parcialmente la actividad judicial. Hubiera sido bochornoso que abrieran sus puertas los shoppings de esta ciudad antes de que el Poder Judicial pudiera volver a prestar servicios; aunque, por ahora, es mínima la cantidad de turnos asignados y, en cambio, son tantas las restricciones y protocolos de actuación que se deben cumplimentar que quizás era más fácil ingresar a un castillo amurallado medieval que acceder hoy a Tribunales en Córdoba. Nos preguntamos si esto no pudo haberse implementado antes, es decir, si fue necesario esperar prácticamente tres meses para recién adoptar un protocolo que permita la prestación del servicio de justicia en forma mínimamente regular; y también nos preguntamos si de esta manera se garantiza efectivamente el acceso a la justicia o si se trata de una ficción más de un poder que desde hace años no presta un servicio acorde a las necesidades de la sociedad actual.
Alguna vez deberíamos sincerarnos y reconocer que, aún sin que medie una declaración formal, hoy la administración de justicia funciona en modo emergencia”, tanto a nivel provincial como en el fuero federal. Son tan variadas y reiteradas las emergencias que padecemos que ellas ya se han convertido en lo habitual. Recuérdese que, por imperio de la Ley 27.541, además de la sanitaria hoy convivimos con ocho situaciones de emergencia más: económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética y social. Existen muy pocos pueblos capaces de soportar tantas emergencias juntas, sin poder determinar y rectificar lo que se está haciendo mal.
En lo próximos días, cuando el viento alcance a derribar las últimas hojas, el otoño habrá llegado a su fin, pero la emergencia continuará, y la cuarentena -dotada de un formato más oxigenado o morigerado- también subsistirá hasta tanto se logren neutralizar las causas que justificaron su implementación en marzo. No será fácil olvidar este pandémico otoño del 2020, y no deberemos olvidarlo, o todo el esfuerzo y los sacrificios realizados por el conjunto de la sociedad habrán sido en vano.
Abogado y docente universitario