El gobierno nacional publicará mañana un decreto que facilita la votación de los cerca de 360.000 argentinos que viven en el exterior y están en condiciones de participar de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (Paso) de agosto y las presidenciales de octubre.
El decreto establece la posibilidad del voto por correo para aquellos argentinos que cumplan con el requisito de haber hecho su cambio de domicilio y presenten una declaración jurada.
También se podrá continuar votando de la forma habitual, que consiste en aproximarse a cada consulado argentino en el exterior.
En ambos casos, el voto es optativo y válido solo para elecciones a presidente y vice, parlamentarios del Mercosur y legisladores nacionales en los distritos del último domicilio en el país.
«Esta reglamentación busca facilitar el voto de los argentinos que viven fuera del país. Lo que se pretende es que todo aquel ciudadano argentino que tenga la voluntad de participar de las elecciones no se vea privado de hacerlo por las dificultades que supone el traslado hasta el lugar de votación», afirmó Adrián Pérez, secretario de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior.
«Muchos argentinos viven muy lejos de los consulados y esto hacía muy difícil el ejercicio del derecho a votar. Por eso incorporamos la posibilidad del voto postal tal como ocurre en muchos países», agregó el funcionario
La inscripción para votar por correo podrá hacerse «hasta 90 días antes de las elecciones a través de un registro online que administrará la Cámara Nacional Electoral».
Una vez inscripto, el votante recibe las boletas en su casa (el sistema es el de la Boleta Única Papel) y debe reenviarlas al consulado más cercano junto a su declaración jurada de identidad.
El decreto reglamenta la ley 24.007, aprobada durante el gobierno de Carlos Menem, en el que se autorizaba a votar a los argentinos que residen en el exterior, aunque nada decía de la modalidad de votación.