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El Senado buscará hoy sancionar la ley de alquileres

Hoy Dia Córdoba Por Hoy Dia Córdoba
11 de junio de 2020
El Senado buscará hoy sancionar la ley de alquileres
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El Senado de la Nación llevará a cabo hoy una nueva sesión especial mediante videoconferencia, para debatir las modificaciones a la Ley de Alquileres y un proyecto para legalizar la educación a distancia. Además, fue incluida una iniciativa para modificar la ley aprobada durante el gobierno de Mauricio Macri sobre la constitución e inscripción de las llamadas «Sociedades por Acciones Simplificadas». Los senadores están citado hoy a las 14.

La intención del oficialismo es avanzar con el debate de las leyes de alquileres y de educación a distancia, luego de que su discusión se frustró la semana pasada porque la oposición no facilitó el tratamiento sobre tablas de los proyectos.

Los senadores de Juntos por el Cambio se negaron a dar los dos tercios necesarios para debatir ambos proyectos como un modo de oponerse a la decisión del Frente de Todos de tratar la validez de una docena de Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), entre los que figuraban algunos firmados por el ex presidente Macri y que no estaban vinculados con la pandemia de coronavirus.

El Frente de Todos, finalmente, aprobó la validez de todos los DNU firmados por el presidente Alberto Fernández y rechazó los instrumentos de Macri que estaban vinculados con el traslado de la oficina de escuchas judiciales de la Procuración General de la Nación a la Corte Suprema.

La decisión de realizar sesiones por videoconferencia fue tomada en conjunto por todos los bloques parlamentarios, y refrendada por un Decreto Parlamentario que establecía reglas para debatir mediante métodos virtuales. En ese acuerdo figuraba que sólo se pondrían a discusión cuestiones vinculadas con la pandemia.

Esa cuestión será puesta en discusión hoy, nuevamente, ya que el tercer proyecto que está incluido en el Plan de Labor no está relacionado con la cuarentena. Se trata de una iniciativa que ya cuenta con dictamen de la Comisión de Legislación General del Senado y fue presentada por el oficialista neuquino Oscar Parrilli.

El expediente propone suspender por 180 días la constitución e inscripción de Sociedades por Acciones Simplificadas, incluidas en la Ley de Apoyo al Capital Emprendedor. No obstante, los proyectos sobre alquileres y educación a distancia, que ya tienen sanción de la Cámara de Diputados, serían aprobados sin inconvenientes pues cuentan con el apoyo de la oposición.

La primera de las iniciativas, de hecho, fue aprobada por la Cámara baja en noviembre de 2019, en tanto que la segunda fue sancionada por Diputados a fines de mayo de este año.

Principales puntos de la Ley de Alquileres que tratará el Senado

• El índice para la actualización anual de los precios estará conformado en igual medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central (BCRA).

• El plazo mínimo de la locación de inmueble serán tres años.

• No podrá exigirse al locatario el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes. El importe del depósito de garantía no podrá ser mayor al equivalente al primer mes de alquiler.

• Introduce la posibilidad de que los inquilinos puedan hacer los arreglos y descontarlos del alquiler, dado que en caso de negativa o silencio del locador ante un reclamo del locatario debidamente notificado para que realice alguna reparación urgente, el locatario puede realizarlas por sí a cargo del locador, una vez transcurridas 24 horas de la notificación.

• El locatario no tiene a su cargo el pago de impuestos que graven a la propiedad -como el ABL y ARBA- ni el pago de expensas comunes extraordinarias.

• Los locadores deberán aceptar como garantía alguna de las siguientes opciones: título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o fiador solidario o garantía personal del locatario (recibo de sueldo o certificado de ingresos que pueden sumarse en caso de ser más de un locatario).

• El locador deberá informar con tres meses de anticipación si renueva y las condiciones para el nuevo contrato.

• Establece que el locador debe intimar fehacientemente al locatario dando un plazo no menor a 10 días corridos de recibida la notificación y lugar de pago previo a la acción judicial de desalojo.

• Será obligación del locador declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro de los plazos que disponga este organismo.

• Para la resolución de conflictos, el proyecto establece que deberán crearse en el ámbito público de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires ámbitos de mediación y arbitraje gratuitos o de bajo costo.

• La intermediación en el contrato de alquiler sólo podrá estar a cargo de un profesional matriculado y si interviene un solo corredor, ambas partes, propietario e inquilino, deberán pagar comisión.

• Se crea el Programa Nacional de Alquiler Social destinado a la adopción de medidas que tiendan a facilitar el acceso a una vivienda digna en alquiler mediante una contratación formal para personas en situación de vulnerabilidad.

 

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