A partir de ello y a través de un escrito presentado por el abogado de los tres, Carlos Alberto Beraldi, reclamaron el cierre del expediente por «inexistencia de delito».
El pedido de sobreseimiento alcanza también a los demás imputados en ambos expedientes, que fue instruido en primera instancia por el difunto juez federal Claudio Bonadio. Entre los pedidos de sobreseimiento figuran Romina Mercado, sobrina de la vicepresidenta.
En la causa se investigan supuestos pagos ilegales a las dos empresas hoteleras propiedad de la familia Kirchner, como parte de una maniobra para hacerse del dinero que circuló por las empresas de Lázaro Báez mediante la adjudicación de obra pública en la provincia de Santa Cruz.
Beraldi fundamentó el pedido de sobreseimiento en que durante la instrucción previa al juicio oral se realizó un peritaje oficial cuyos encargados «afirmaron, en forma unánime que todos los pagos recibidos por Los Sauces S.A., provenientes de Valle Mitre S.A., Inversora M&S S.A. y Alcalis de la Patagonia SAIC, sin excepción alguna, estaban bancarizados y fueron efectuados mediante cheques o transferencias bancarias».
Ese circuito de dinero a través de las empresas mediante los alquileres de los hoteles es el que durante la etapa de instrucción se le reprochó a la familia Kirchner como parte de acciones de corrupción y lavado de activos.
Beraldi replicó que «la pericia realizada durante la instrucción en la causa Hotesur también acreditó en forma fehaciente que todos los alquileres a dicha sociedad fueron realizados a través de la vía bancaria».
«No puede soslayarse que jamás se formuló imputación penal alguna en contra de los bancos que intervinieron en los pagos cuestionados, lo cual reafirma no solo la falta de fundamentación de la acusación sino, lo que es más grave, su visión absolutamente sesgada de los hechos investigados», insistió.
La bancarización de las operaciones, en ese contexto, se convierte –según la defensa de la vicepresidenta y sus hijos- en una prueba irrefutable de descargo y en una demostración de inexistencia de delito.
«Teniendo en cuenta la perfecta trazabilidad de todo el dinero que fue recibido en las cuentas de Hotesur S.A. y Los Sauces S.A., se advierte que en los pagos cuestionados no solo intervienen las entidades bancarias en las que estas sociedades registraban sus cuentas, sino también los bancos con los cuales operaban las empresas locatarias», insistió Beraldi.
En cuanto al delito de «lavado», el escrito advierte que para su configuración debe existir «una actividad delictiva previa de la cual se deriva, precisamente, el flujo de fondos que tiende a ser legalizado».Pero en este caso, argumentó, «la ausencia de dicho requisito típico sella la suerte de la imputación».
«Los elementos incorporados a las presentes actuaciones durante la instrucción suplementaria ponen al descubierto que las conductas que son tomadas como delitos precedentes, en la casi totalidad de los casos, ya fueron sobreseídas por resoluciones judiciales firmes y, en el supuesto restante, adolece de una falta absoluta de logicidad que, a no dudarlo, la transforma en un delito imaginario», resumió Beraldi.