Un escribano declaró hoy que la abogada del ex presidente Alberto Fernández llevó a su escribanía a las empleadas de la Quinta de Olivos para declarar y «preconstituir» una prueba a favor del acusado, cuya defensa pidió además que se requiera al presidente Javier Milei relevar del deber de «confidencialidad» a las empleadas de la Quinta de Olivos.
La abogada de Fernández, Silvina Carreira, pidió al fiscal de la causa que investiga al ex presidente por violencia de género que solicite a Milei que releve a las empleadas de la Quinta de Olivos de su obligación de guardar confidencialidad, según un escrito incorporado a la causa penal.
Lo hizo luego de que la querella de Fabiola Yañez objetara la primera de las declaraciones de una de estas empleadas, hecha la semana pasada y en la que la testigo reconoció que firmó un acuerdo de confidencialidad al comenzar a trabajar en Olivos, sin que haya quedado claro si se la relevó del mismo.
Ante ello, la fiscalía suspendió ayer las declaraciones de otra de las testigos previstas y citó en cambio, y de manera urgente, al escribano Lisandro Barga, quien había tomado esas declaraciones de manera privada y labrado un acta notarial con cada una de ellas.
Barga se presentó por la mañana en Comodoro Py 2002 y explicó que sólo hizo su trabajo, que conoció al ex presidente luego de las declaraciones en la escribanía y que cada una de las mujeres llegó acompañada por la abogada del ex presidente, quien le pagó los honorarios.
Explicó que no se habló de «confidencialidad» y que todas mostraron «un cariño especial» hacia el ex mandatario.
Ante el fiscal remarcó que «nadie» le dijo nada ni le avisó «de la existencia de convenios de confidencialidad» y agregó que las personas que declararon en su escribanía «mostraron un cariño especial por Alberto Fernández», por lo que el ex mandatario buscó «preconstituir» una prueba a su favor.
El escribano explicó que en su rol «no da fe de la veracidad» de los dichos sino que su labor es dar autenticidad sólo de la «manifestación, no el contenido».
La fiscalía abrió un legajo paralelo para establecer si quienes declararon en su rol de empleadas o ex empleadas de Olivos violaron este deber de confidencialidad.
En ese sentido, y una vez que la abogada de la querella, Mariana Gallego, objetara las declaraciones por este punto, la defensa de Fernández presentó un escrito para que la fiscalía requiera a Milei que se levante «urgente» la norma de confidencialidad.
Una de ellas ya declaró en tribunales y restan tres testigos que por el momento están suspendidas: Amalia Moreno, Karina González y Noelia Gómez.
En el escrito que presentó la abogada de Yañez se cuestionó la legalidad de las testimoniales de las actuales y ex empleadas de la residencia presidencial porque no se las relevó de su deber de guardar confidencialidad.
El fiscal Ramiro González dispuso formar un legajo aparte «para determinar los alcances de la confidencialidad esgrimida» y aclarar «pormenores» vinculados a cómo se confeccionaron las actas presentadas.
Por otro lado, el teléfono celular de Yañez será peritado el próximo martes 8 de octubre en España, en un trámite que hará la fiscalía de ese país y que consistirá en extraer la información para luego enviarla a la Justicia argentina.
La Fiscalía General de Estado de ese país notificó vía Cancillería al fiscal González de la fecha de la diligencia.
El trámite estará a cargo del Ministerio Público español y luego la «copia forense» de los datos será remitida a la fiscalía de González para su análisis, en particular los mensajes entre la ex primera dama y el ex presidente.
De esta manera se cumplirá con el exhorto enviado por el fiscal al país donde en la actualidad reside Yañez.
La rogatoria se firmó luego que la Cámara Federal porteña rechazara un recurso de queja de la defensa del ex presidente, quien se oponía a este trámite a la distancia.
La defensa de Fernández argumentaba que la medida debía llevarse a cabo en territorio nacional para garantizar el derecho a defensa y el «debido proceso», con el fin de «garantizar la integridad de la evidencia», un «mayor control de la cadena de custodia» y minimizar los «riesgos de manipulación o contaminación de los datos».
Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah avalaron la realización de la medida en España y advirtieron que «ninguno de los argumentos de la defensa revela un gravamen irreparable» ni arbitrariedad.
«La información se descargará de un teléfono que no está secuestrado por la Justicia, sino en poder de la víctima desde el momento de los presuntos hechos relevantes hasta hoy», por lo cual «la obligación de asegurar la inalterabilidad de los datos es operativa desde que se toma conocimiento de aquellos y se los tiene a disposición», agregó esa resolución.