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Con 40 votos

La Cámara de Senadores aprobó la reforma a la ley de Glaciares

En una de las galerías del recinto celebraron con fervor la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, el minsitro de Interior, Diego Santilli, el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y el el subsecretario de Gestión Institucional, Eduardo “Lule” Menem.

Redacción HDCPorRedacción HDC
26 de febrero de 2026
La gestión de Milei sigue cosechando victorias en el Senado.

La gestión de Milei sigue cosechando victorias en el Senado.

El oficialismo logró este jueves aprobar con media sanción la reforma de la ley de Glaciares, resultado que desató el festejo eufórico de los altos funcionarios del Gobierno que presenciaron el desenlace de la sesión desde uno de los palcos del recinto.

La iniciativa se aprobó con 40 votos afirmativos, recibió 31 rechazos y una abstención, y ahora la escena se trasladará a la Cámara de Diputados una vez que comience el periodo de sesiones ordinarias.

En una de las galerías del recinto celebraron con fervor la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, el minsitro de Interior, Diego Santilli, el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y el el subsecretario de Gestión Institucional, Eduardo “Lule” Menem.

La aprobación del proyecto era un compromiso asumido por el Gobierno con los gobernadores de provincias cordilleranas que buscaban una legislación más dinámica y menos rígida para destrabar y multiplicar las inversiones en minería e hidrocarburos.

Incidentes en la previa

Horas antes de que comenzara el debate en el recinto de la Cámara baja se produjeron incidentes en las afueras del Congreso, que terminó con una docena de activistas de Greenpeace detenidos tras saltar las rejas del Palacio con la intención de alterar el desarrollo de la sesión.

Pero el episodio más lamentable ocurrió cuando un camarógrafo de A24 fue reprimido por las fuerzas de seguridad cuando intentaba registrar los ataques con gas pimienta de la policía.

El proyecto

El proyecto de reforma a la ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y del Ambiente Periglacial busca redefinir el alcance de las zonas protegidas para permitir la explotación económica en determinadas áreas periglaciares que actualmente están blindadas e inhabilitadas para actividades extractivistas e industriales.

La iniciativa oficial introduce una precisión al hablar de las “formas periglaciares”, y alienta a distinguir entre aquellas que cumplen funciones de “reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas” de aquellas que no necesariamente cumplen dicha finalidad y son aptas para la utilización económica.

Esto significa que con la nueva ley no todo el territorio periglaciar quedaría a salvo de explotación económica, sino solo aquellas formaciones que tengan una función hídrica comprobable. La normativa actual, que data del 2010, protege tanto los glaciares visibles como las formaciones periglaciares que están constituidas por una mezcla suelos congelados de agua dulce, roca y sedimentos.

Son ecosistemas muy fríos de alta montaña, reservorios de agua dulce habitualmente cercanos a glaciares, que se caracterizan por tener suelos congelados o saturados de agua y juegan un rol importante en la regulación del equilibrio hídrico y geomorfológico.

Con la modificación propuesta, se mantiene la prohibición para el desarrollo de actividades económicas en glaciares pero se abre una puerta para desarrollar proyectos de inversión en áreas que no tengan una función hídrica fehaciente.

El proyecto crea el Inventario Nacional de Glaciares, cuya confección y funcionamiento estará a cargo del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), con la coordinación de la Secretaría de Energía, que es la autoridad de aplicación.

A través del inventario, el organismo técnico tendrá la función de individualizar glaciares y formas periglaciares en el territorio nacional, y sobre éstas últimas deberá diferenciar entre aquellas que cumplen con la función hídrica de las que no.

Entre las actividades prohibidas, es decir, aquellas que “alteran de modo relevante la condición natural” o el valor hídrico de los glaciares se encuentran aquellas que liberen sustancias contaminantes, residuos o productos químicos; obras de arquitectura o infraestructura; exploración o explotación minera e hidrocarburífera; y actividades industriales.

En cambio, las actividades permitidas son las investigaciones científicas, las tareas de rescate de emergencia, y la práctica de deportes no motorizados como andinismo y escalada.

Modernización Laboral y Régimen Penal Juvenil, las dos cartas que se juega Milei

Temas: DestacadasInformaciónLey de glaciaresNacionalPolíticaPrincipalSenado de la Nación
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