Casi todo el arco opositor en la Legislatura Provincial –a excepción de los partidos de la izquierda- presentaron en forma conjunta un proyecto de ley para garantizar el derecho al último adiós” a los familiares de los pacientes internados por el virus SARS-CoV-2 u otras patologías avanzando en la humanización de la asistencia en el entorno hospitalario de los pacientes que sean entubados o que presenten una evolución irreversible mientras persistan las restricciones de circulación y las suspensiones del régimen de visitas impuestas debido a la pandemia del coronavirus.
Lamentablemente, muchos pacientes internados sufren un desmejoramiento en su estado de salud conduciendo esto hacia la fatalidad, que con las restricciones se produce en soledad. Por el otro lado debemos hablar de los pacientes internados con coronavirus, y sobre ello nos gustaría hacer una reflexión: Hoy llevamos en nuestro país un total de 4.606 muertes a causa del virus SARS-CoV-2, habiendo 66 de ellos fallecido en nuestra provincia. Una gran mayoría de los pacientes infectados con este virus mueren encerrados en la habitación de un hospital, en soledad, alejados de su familia y sus seres queridos. Consideramos esto como inaceptable, indigno e inhumano”, describieron los legisladores en los fundamentos del proyecto de ley.
Para revertir esta situación, el arco opositor de la Unicameral plantea que todos los efectores de salud, públicos y privados, de la provincia de Córdoba, deberán crear un protocolo a los efectos de garantizar el derecho de visitas o conexión virtual de los pacientes
El protocolo propuesto en la normativa deberá establecer las medidas necesarias para garantizar el acompañamiento de los pacientes, resguardando siempre las medidas de seguridad y teniendo como objetivo prioritario permanente su atención holística para evitar siempre su soledad en los nosocomios.
A tal fin, los legisladores proponen que, al momento de la internación o en su defecto la visita, se les permita la posibilidad de ingresar un dispositivo Smart (tablet o móvil) para que el paciente, si lo considera oportuno, pueda ponerse en contacto con el resto de sus seres queridos.
Para efectivizar el procedimiento, el paciente deberá, al inicio de su internación, designar a una persona como visita autorizada” para que en el caso de presentar una evolución desfavorable de su condición se le permita el ingreso. En el caso de que el paciente no hubiere designado previamente a alguien se dará aviso a la familia para que lo haga, pudiendo elegir un miembro de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad para ocupar ese lugar.
Los informes proporcionados por diversos estudios científicos que arrojan un dato aproximado de los porcentajes de letalidad del virus SARS-CoV-2 según el grupo etario del paciente, siendo los niños de 0-9 años de edad los menos afectados con un porcentaje aproximado del 0% de letalidad, pero que va en aumento según vemos a continuación: – 0 a 9 años de edad: 0,0% – 10 a 39 años de edad: 0,2% – 40 a 49 años de edad: 0,4% – 50 a 59 años de edad: 1,3% – 60 a 69 años de edad: 3,6% – 70 a 79 años de edad: 8% – 80 o más: 14,8%.
En sintonía con estas estadísticas, nuestro país registra una amplia mayoría de fallecidos en los rangos etarios superiores, lo que nos lleva a cuestionar el manejo de esta situación principalmente bajo la luz de los derechos de la vejez, pero también de los derechos humanos, de la dignidad y de la ética en general. Hay dos realidades que han propiciado a nivel regional un importante debate sobre el bienestar de las personas mayores. Por un lado, cabe destacar el progresivo aumento de la cantidad de personas mayores en América Latina y el Caribe; por otro, existe una gran dispersión jurídica en cuanto a las obligaciones de los Estados de facilitar el ejercicio de derechos, en todas sus facetas, a las personas mayores”, destacaron los legisladores en los fundamentos del proyecto.
La iniciativa establece que para poder realizar la visita a los pacientes en estado crítico, el médico responsable informará a la visita autorizada y ofrecerá la posibilidad de la visita en las condiciones establecidas en el protocolo de la institución detallándole el procedimiento a seguir dejando una constancia por escrito en la historia clínica de los riesgos que esto conlleva con la firma del visitante.
Medidas de Seguridad
La ley estipula que el visitante recibirá el material de protección adecuado en función del riesgo determinado en la habitación para garantizar su seguridad y la del resto del personal sanitario con quien pueda tener contacto y recibirá instrucciones para el uso correcto del material de protección suministrado, pautas de circulación y permanencia en el lugar.
Entendemos la gravedad de la crisis sanitaria provocada por la pandemia que hoy nos toca vivir, como así también entendemos el peligro que conllevan los contagios de este nuevo virus, pero esto no es excusa para confinar en soledad a nuestros pacientes y quitarle a nuestros ciudadanos la posibilidad de acompañar dignamente a sus seres queridos en lo que podría ser, con mucho pesar, sus momentos finales”, fundamentaron los integrantes de la oposición en el proyecto.
El proyecto lleva la firma de los legisladores Cecilia C. Irazuzta de la Coalición Cívica – ARI, Orlando Víctor Ardúh, Silvia Gabriela Paleo, Darío Gustavo Capitani, Patricia de Ferrari Rueda. Alberto Vicente Ambrosio, Raúl Guillermo Recalde, María Elisa Caffaratti, Juan Rubén Jure y Daniela Soledad Gudiño del bloque Córdoba Cambia; Aurelio García Elorrio y María Rosa Marcone de Encuentro Vecinal Córdoba y todos los miembros de la bancada de la Unión Cívica Radical, Antonio Benigno Rins, Verónica Garade Panetta, Dante Valentín Rossi, Marisa Carrillo y Marcelo Cossar.