Según el Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP) del Ministerio de Justicia de la Nación, uno de cada tres presos en Córdoba accede al derecho a la educación en contextos de encierro. Los datos surgen del análisis de la estadística durante los últimos años, luego de la pandemia.
La importancia de estudiar en la cárcel toma forma por la Ley 24.660 que prevé que el sistema penitenciario debe proveer trabajo y estudio a los presos a fin de favorecer su reinserción en la sociedad con la consiguiente disminución de la reincidencia.
En los últimos 10 años, la población carcelaria aumentó en un 86 por ciento, en tanto la oferta educativa no lo hizo en la misma proporción y se mantiene estable. Las cárceles de Córdoba tienen una capacidad para albergar a 630 alumnos para la primaria y 1318 para el secundario. En todos los establecimientos funciona el doble turno de cursado, a excepción del EP 3 Mujeres y en Monte Cristo que hay un único turno. Los datos los arroja el informe “Los habitantes del encierro”, elaborado por el Observatorio de Derechos Humanos de la Secretaría de Extensión de la UNC.
El Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP) gestiona la estadística penitenciaria oficial del país y muestra la evolución y las características de la población privada de libertad en unidades penitenciarias. Según sus últimos datos oficiales de fines de 2022, en Córdoba hay 10.914 personas privadas de libertad de los cuales un 36.65 por ciento participan de distintas actividades educativas. El 64 por ciento de los presos no tienen ninguna actividad escolar, son casi 7.000 personas.
A su vez, son 4.000 personas presas que estudian en las cárceles de Córdoba. De esos presos 930 cursan estudios primarios, 1.276 estudios secundarios y 255 cursan terciarios o estudios universitarios, en tanto que 1.540 realizan actividades educativas no formales.
Según el Informe “Los habitantes del encierro”, en 2021 “el 62 por ciento no realizó actividad educativa alguna. En tanto que el 38 por ciento restante participó de alguna instancia educativa (4.009 presos) de los cuales el 9 por ciento (923) participaron de la educación primaria y el 16 por ciento el secundario (1642)”. En ese período podrían haber realizado el primario 1.493 presos y 7.443 el secundario, señala el informe.
Lo que la ley manda
La Ley 24.660 de Ejecución de la Pena privativa de la Libertad prevé en su artículo 133: “Todas las personas privadas de su libertad tienen derecho a la educación pública”. Los internos deberán tener acceso pleno a la educación en todos sus niveles y modalidades de conformidad con las leyes 26.206 de Educación Nacional, 26.058 de Educación Técnico-Profesional, 26.150 de Educación Sexual Integral y la Ley 24.521 de Educación Superior.
La oferta educativa se ve excedida por la demanda de personas privadas de su libertad. La educación es un requisito para el tratamiento penitenciario que permite al preso mejorar su concepto y demostrar conducta, lo que incide en la posibilidad de acotar plazos para obtener su libertad. La mayoría de los presos quiere participar de alguna instancia educativa por lo que los cupos para estudiar se terminan convirtiendo en un instrumento de disciplinamiento, un privilegio. “No poder acceder a la educación por falta de “bancos” resta el carácter de derecho de la educación”, señala el informe “Los habitantes del encierro”.
La UNC en la cárcel
Desde la Secretaría de Extensión de la UNC, el Observatorio de Derechos Humanos dicta desde hace seis años un curso de capacitación de Derechos Humanos en contexto de encierro para presos, guardias penitenciarios y agentes técnicos. En ese marco, la UNC formó a 1.000 presos y presas en Derechos Humanos, posibilidad que surgió a partir de un convenio firmado entre el ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la SEU. En ese marco, también se formó a 289 empleados, personal penitenciario de áreas técnicas y de seguridad.
El informe “Los habitantes del encierro” elaborado por el Observatorio de Derechos Humanos de la UNC señala que la educación en contextos de encierro conforma un escenario muy complejo y de tensión permanente, dado que las instituciones educativas funcionan y desarrollan sus actividades dentro de los establecimientos penitenciarios. “Complejo, no sólo por la situación de vulnerabilidad de su alumnado sino también por un contexto de funcionamiento donde prima la ‘cuestión’ de seguridad”, señala el informe.
La escuela funciona como una institución dentro de otra, donde se entrecruzan prácticas y lógicas diferentes: la del castigo y el disciplinamiento propio del sistema penitenciario y la del desarrollo integral de los sujetos propio de la escuela.
“En este contexto la institución penitenciaria condiciona a la institución escolar no sólo en los aspectos pedagógico-prácticos sino en el desarrollo básico de sus actividades por razones ajenas a la escuela y relacionadas a circunstancias que hacen que las actividades vinculadas al proyecto escolar se vean reguladas por la estructura administrativa penitenciaria”, se explica en el informe.
La UNC, además, dicta distintas carreras desde sus facultades. La carrera de Derecho se dicta mediante el proyecto Puede, coordinado por Marcela Aspell. La Facultad de Filosofía y Humanidades a través de su Programa Universidad en la cárcel (PUC) dicta las carreras de Historia, Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación.
Por su parte, también existen numerosos proyectos de extensión coordinados desde las facultades de Comunicación, Filosofía, Artes y Famaf.