La Cámara del Crimen de Cruz del Eje condenó a prisión perpetua a Sandra Leonor Videla, de 60 años, por el asesinato de Ángel Edmundo Pobeda, de 68, ocurrido en marzo de 2025 en Capilla del Monte. El tribunal, con participación de jurados populares, la declaró autora de homicidio calificado por alevosía en un fallo resuelto por mayoría.
El crimen ocurrió el 21 de marzo de 2025, cuando Pobeda se encontraba en su vivienda de calle Urquiza. El hombre padecía graves problemas de salud y había sufrido varios accidentes cerebrovasculares (ACV), por lo que necesitaba asistencia. Videla estaba a cargo de sus cuidados, aunque durante el juicio se señaló que no contaba con formación como asistente terapéutica.
Según estableció la investigación, la mujer atacó a Pobeda por la espalda con un hacha y un martillo y le provocó múltiples golpes, principalmente en la cabeza y el cuello. Debido a su estado físico, la víctima se encontraba prácticamente imposibilitada de defenderse.
Después del homicidio, Videla habría intentado limpiar la escena, ocultar las herramientas utilizadas y eliminar otras evidencias. Horas más tarde, envolvió el cuerpo en una media sombra y comenzó a arrastrarlo por la calle con la intención de trasladarlo hasta un baldío.
La secuencia fue descubierta durante la noche. Un automovilista observó a la mujer mientras arrastraba el bulto por la zona de Urquiza y Mendoza y dio aviso a la Policía. Cuando los efectivos llegaron, encontraron el cuerpo de Pobeda semivestido y con graves lesiones en la cabeza.
La investigación estuvo a cargo de la fiscal Paula Kelm, de Cosquín, y se apoyó en pericias sobre la escena y el cuerpo, testimonios, análisis de comunicaciones telefónicas y registros de cámaras. Además, en el expediente quedaron incorporados mensajes enviados por Pobeda que daban cuenta de los problemas que mantenía con Videla y de su intención de que ella abandonara la vivienda.
De acuerdo con la acusación, el hombre había decidido que Videla dejara de asistirlo y tenía previsto trasladarse a Buenos Aires junto a sus hijas. La fiscalía sostuvo que esa situación habría sido un posible desencadenante del crimen y que la mujer se aprovechó del delicado estado de salud de la víctima para atacarla de manera sorpresiva y sin darle posibilidades de defensa.
Tras el asesinato, Videla sostuvo que era víctima de violencia de género y malos tratos por parte de Pobeda. La defensa planteó durante el juicio que se trató de un homicidio cometido en estado de emoción violenta, pero el tribunal y el jurado popular finalmente descartaron esa hipótesis.
La acusación fue sostenida por la fiscal de Cámara, Fabiana Pocchettino, y por los abogados querellantes Darío Viale y Joel Altamirano. Finalmente, la Cámara del Crimen de Cruz del Eje impuso a Videla la pena máxima: prisión perpetua.
Antes del crimen, la mujer era conocida en San Francisco como Sandra Lorenz y se desempeñaba como profesora de modelos. Además, había cuidado anteriormente a otra mujer que había vivido en la misma vivienda de Capilla del Monte.
Horas antes del asesinato, el 20 de marzo, Videla había realizado una publicación en Facebook que, luego del crimen, llamó la atención de los investigadores. Allí había escrito, entre otras frases: “Dicen por ahí que ignorar es una forma de matar pero sin ensuciarse las manos”.









