La Junta Municipal Electoral decidió ayer impugnar la candidatura de Martín Llaryora a la intendencia de la capital cordobesa, tras la presentación realizada por el Frente Cívico y la Unión Cívica Radical.
En ese sentido, el apoderado del PJ cordobés, Juan Manuel Cid, adelantó que hoy apelará la decisión de la Junta, y aseguró que el candidato a la intendencia de la ciudad de Córdoba “cumple con los requisitos establecidos por la ley”.
Asimismo, calificó la medida como “arbitraria e inconstitucional” y aseguró que “se utilizaron mecanismos ultrajantes contra la familia” del diputado en el marco de la investigación del caso.
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“La Junta tiró la carrera de Martín a la basura. Además, quiero aclarar que el procedimiento se llevó adelante a través de medidas ultrajantes. Asistieron hasta al colegio de sus hijos para comprobar donde realizaban sus actividades deportivas. Hay fotos de los menores”, señaló Cid, en declaraciones a Canal 10.
En tanto, Cid afirmó que el partido analiza iniciar una serie de demandas penales contra la Junta Municipal “una vez que finalice el proceso electoral”.
Cabe recordar que semanas atrás, el abogado Santiago Sain recordó que la Carta Orgánica Municipal, en su artículo 81, dispone “tener cuatro años de residencia continua e inmediata anterior a la elección en el municipio, no causando interrupción la ausencia motivada por la prestación de servicios a la Nación, Provincia o Municipio”.
De acuerdo a lo expresado por Sain, la ley exige “residencia” y no “domicilio”. “Entre ambos conceptos existe una clara diferencia: el domicilio es el lugar en el que se supone que una persona vive en función de lo que se consigna en su documento de identidad; la residencia en cambio es el lugar en el que efectivamente una persona habita independientemente del domicilio que figura en su documento, es decir; alude al lugar donde habita ordinariamente la persona”, indicó el letrado.