El Gobierno nacional avanzará con una reforma del proceso de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación con el objetivo de acelerar la cobertura de vacantes en el máximo tribunal.
La medida será oficializada mediante un decreto impulsado por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, y avalado por el presidente Javier Milei. La modificación apunta a eliminar instancias administrativas previas, reducir plazos y simplificar el procedimiento antes de que los pliegos lleguen al Senado.
La decisión llega en un contexto particular: la Corte funciona actualmente con tres de los cinco miembros previstos por ley, tras las vacantes dejadas por Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda.
Qué cambia en el proceso
El principal cambio consiste en la eliminación de la instancia de publicación de antecedentes y recepción de observaciones ciudadanas dentro del ámbito del Ministerio de Justicia.
Hasta ahora, una vez definido un candidato, el Poder Ejecutivo debía publicar sus antecedentes en el Boletín Oficial y en diarios de circulación nacional. Luego se abría un período para que ciudadanos, organizaciones y entidades profesionales presentaran observaciones o impugnaciones.
Con la reforma, esa etapa desaparece.
Según argumenta el Gobierno, el mecanismo duplicaba procedimientos que posteriormente vuelven a realizarse en el Senado, donde se desarrollan las audiencias públicas y el proceso formal de evaluación de los candidatos.
De esta manera, las impugnaciones y observaciones seguirán existiendo, pero únicamente durante el tratamiento legislativo.
Menos plazos y más digitalización
El decreto también modifica el sistema de difusión de antecedentes.
En lugar de publicarse en el Boletín Oficial y en medios gráficos, la información de los postulantes se difundirá a través de la página web oficial del Ministerio de Justicia.
Además, se establecen plazos específicos para distintos trámites administrativos que hasta ahora no tenían tiempos definidos.
Entre ellos, se fija un período de cinco días para la presentación de declaraciones juradas patrimoniales y se incorpora un plazo para que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informe sobre la situación impositiva y previsional de los candidatos.
El punto más sensible
Otro de los cambios destacados es la eliminación de la recomendación que sugería contemplar criterios de diversidad de género, especialidad jurídica y procedencia regional al momento de proponer candidatos.
Esa cláusula había sido utilizada por distintos sectores de la oposición durante el fallido intento del Gobierno de nombrar al juez federal Ariel Lijo y al académico Manuel García-Mansilla para cubrir las vacantes.
Con la nueva normativa, el Poder Ejecutivo ya no tendrá que considerar formalmente esos criterios dentro del procedimiento administrativo.
Lo que seguirá igual
La reforma no modifica los requisitos constitucionales para integrar la Corte Suprema.
Los candidatos seguirán necesitando el acuerdo del Senado mediante una mayoría especial de dos tercios de los presentes, tal como establece la Constitución Nacional.
Tampoco se alteran las audiencias públicas ni los mecanismos de participación ciudadana previstos en la Cámara alta.
Desde el Gobierno sostienen que el objetivo es evitar superposiciones administrativas y agilizar los tiempos de designación. Sin embargo, sectores de la oposición y especialistas en materia institucional advirtieron que la eliminación de controles previos podría interpretarse como una reducción de los mecanismos de transparencia en el proceso de selección.
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