La Cámara Contencioso Administrativo número uno de Córdoba, integrada por los jueces Leonardo Massimino, Ángel Gutiez y Gabriela Cáceres, resolvió ayer por mayoría no hacer lugar al recurso de amparo interpuesto por el ex legislador Aurelio García Elorrio (Encuentro Vecinal) en contra de los programas provinciales que permiten la aplicación de la ley nacional de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo. El voto mayoritario de los camaristas Gutiez y Cáceres entendió que no existe en Córdoba un plan o programa provincial diferente sobre el aborto de lo que dispone la ley nacional y que es por esto que corresponde decidir sobre la cuestión a la Justicia federal.
“Las meras expresiones de funcionarios del Poder Ejecutivo no constituyen a mi entender un verdadero plan estructurado en detalle que sea formalmente exigible u obligatorio; y por lo tanto, si no hay tal ‘plan o programa’, ha desaparecido la causa que permitió el inicio de este juicio”, sostuvo Gutiez en su voto, al cual adhirió Cáceres.
Asimismo, Gutiez contestó a la objeción sobre la presunta contradicción de normas entre el derecho a la vida del feto y el derecho al aborto legal. “Creo que llamar ‘niño’ al feto en desarrollo, sobre todo por las características que tiene hasta la semana 14, es una aseveración que únicamente sirve para invocar la legitimación activa en el presente amparo”, entendió el magistrado.
Luego, se refirió a la autonomía de la mujer para tomar la decisión de abortar. Al respecto, consideró que las razones que llevan a una mujer a abortar son “íntimamente personales”, por lo que sólo a ella “le compete valorarlas” y “no deben ser juzgados por los magistrados, ni la sociedad”.
En soledad, Massimino votó a favor
En disidencia votó Massimino, quien consideró que “la práctica interruptiva del embarazo deviene, como lógica implicancia, inválida en el ámbito de la provincia de Córdoba por carecer de fundamento constitucional”, sintetizó.
Y agregó: “El derecho a la vida desde la concepción está expresamente reconocido y protegido en múltiples disposiciones de nuestro derecho interno a nivel provincial y federal, tanto en leyes formales como en la Constitución de la Provincia de Córdoba, la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos examinados”.
Esta es la posición que sostiene la ONG Portal de Belén, quien se presentó como representante de los “niños por nacer” en el fuero federal y cuyo caso llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que deberá decidir si la entidad está legitimada para representar al colectivo de los “niños por nacer”.