Sin plazos fatales, será el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) el que definirá si toma o no el criterio del fiscal General de la Provincia, Juan Manuel Delgado, quien pidió que se acepte la cautelar de Portal de Belén y se suspenda el aborto legal en Córdoba.
El TSJ también tendrá que decidir sobre la recusación contra Delgado planteada por tres organizaciones que son parte en la causa: la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), la Asociación Civil por el Derecho a Decidir (Católicas por el Derecho a Decidir) y la Clínica de Litigio de Interés Público (Clip).
Delgado emitió su dictamen sin esperar que el TSJ resuelva si correspondía o no su apartamiento por haber adelantado opinión en contra del aborto legal antes de su nombramiento. La causa principal, de fondo, todavía no subió al TSJ: sigue en poder de los jueces de la Cámara Contencioso Administrativa de Primera Nominación: Ángel Antonio Gutiez, Gabriela Cáceres y Leonardo Massimino, quienes en abril admitieron el amparo, pero rechazaron la cautelar y dieron lugar a la apelación de Portal de Belén, sobre la que opinó (a favor) Delgado.
¿Cómo sigue?
El TSJ aún tiene en etapa administrativa tanto la causa por recusación contra Delgado como la apelación contra el rechazo a la medida cautelar. La etapa siguiente es el paso a las relatorías y a los vocales, que aún no se inició. El dictamen de Delgado puede ahora, incluso, generar nuevos incidentes y multiplicar los trámites de correr vista a las partes y receptar impugnaciones, pedidos de nulidades y otros recursos, informó el periodista Ary Garbovetzky.
De todos modos, la causa más importante es la que impulsa que se admita la suspensión de la aplicación de la IVE. Aunque pueden existir planteos en contra del dictamen de Delgado y que sube en apelación al rechazo de la Cámara 1.
Fuentes del Alto Cuerpo entienden que ya el incidente de recusación puede ser abstracto. Al tener un cofirmante, como el fiscal general Adjunto Pablo Bustos Fierro, el dictamen aunque se lo recuse a Delgado no perdería validez.
En conocimiento de que la objeción que se plantearía es que emitió dictamen sin que se resuelva su recusación, Delgado explicó en un comunicado de prensa del Ministerio Público Fiscal que lo hizo forzado por un trámite de correr vista con plazo fatal de 48 horas, emitido por el propio TSJ. Y resalta Delgado, en su argumentación, que se le corrió vista sin resolver su recusación.
Este es su relato de hechos. Dice que el 1° de julio el TSJ le remitió para que se pronuncie por la recusación que le plantearon las organizaciones. El 22 de julio rechazó la recusación. Y el 30 de julio sin que se encontrara resuelta la recusación con causa del Fiscal General, el Tribunal Superior de Justicia remitió al Ministerio Público Fiscal la causa para que dictaminara sobre los recursos de apelación de la parte actora, en el plazo de 48 horas”, remarca. Este momento es clave. Si Delgado se autoapartaba desdecía su rechazo a la recusación, pero si contestaba la vista podía llevar el dictamen a la nulidad si luego el TSJ admitía su recusación.
A fin de cumplimentar con el traslado ordenado por el TSJ en el plazo de 48 horas y a fin de resguardar la validez de la intervención del Ministerio Público Fiscal en el proceso que pudiera causarse en la presente en razón de dicha recusación con causa, en el dictamen se aclaró que la vista se evacuaba de manera conjunta por el Fiscal General Juan Manuel Delgado y el Fiscal Adjunto Pablo Bustos Fierro”, explicó el MPF.
Fuentes judiciales entienden que Delgado no tenía intención de apurar su dictamen y que en verdad tomó el desafío del TSJ porque no quería ser recusado ni tener que autoapartarse en un tema de convicción personal sobre el que no quería quedar sin opinar.