El presidente Alberto Fernández dispuso ayer mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que las empresas de servicios esenciales no podrán disponer cortes por falta de pago por el plazo de 180 días. De esta forma, las firmas de electricidad, gas por redes, agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable, deberán seguir prestando sus servicios a los usuarios que se encuentran en una situación de vulnerabilidad, en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas.
La resolución, que se publicó en el Boletín Oficial de la jornada de ayer, se da en el marco de la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio dictado por el Gobierno. Esta medida alcanza a las facturaciones con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020, y además «quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso». «Si se tratare de servicios de telefonía fija o móvil, internet, y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, las empresas prestatarias quedarán obligadas a mantener un servicio reducido, conforme se establezca en la reglamentación», explicaron.
Córdoba adhiere a la medida
El gobierno de Córdoba decidió adherir al decreto y confirmó que el Ministerio de Servicios Públicos será la autoridad de aplicación, garantizando la efectiva adaptación y aplicación a los servicios de jurisdicción provincial.
«Teniendo en cuenta el actual contexto, el corte o suspensión de los servicios descriptos, implicaría un agravamiento de la situación, y sumaría mayor nivel de zozobra e indefensión en aquellos sectores carecientes que se ven afectados», indicó la Provincia a través de un comunicado.
De esta manera, lo que se intenta es coadyuvar en la situación de quienes más lo necesitan, procurando llevar un poco de alivio a las economías de hogares, pequeños y medianos productores, y otras instituciones sociales que necesitan ayuda de la manera más directa posible.