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Soberanía nacional

Acusan al Gobierno de pretender cambiar la Ley de Seguridad Interior

El grupo de normas que integran la Ley de Defensa de la Soberanía incluye polémicos capítulos que habilitarían la intervención de las FFAA en la seguridad interna del país.

Martín IparraguirrePorMartín Iparraguirre
17 de septiembre de 2026
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Milei reclamó una rápida aprobación de la iniciativa.

Milei reclamó una rápida aprobación de la iniciativa.

El gobierno nacional finalmente envió este jueves a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, iniciativa que inicialmente busca endurecer las sanciones para personas y empresas que exploten recursos en las Islas Malvinas sin el aval del Gobierno argentino.

Pero paralelamente a esta iniciativa, que propone derogar el régimen legal establecido por la Ley N° 26.659, sancionada en 2011, y reemplazarlo por un esquema más severo, el proyecto de ley oficial incluye varios capítulos menos conocidos pero mucho más polémicos, que van desde una reforma de la Ley de Defensa Nacional para habilitar la actuación de las Fuerzas Armadas en cuestiones de seguridad interna frente a amenazas “no estatales”, a la vez que crea un Consejo de Seguridad Nacional encabezado por el presidente Javier Milei con facultades para sancionar a personas u organizaciones sin intervención judicial previa, y tipifica como delito federal cuestiones como “manipular la opinión pública” cuando “medie financiamiento extranjero”.

Concentración de poderes

Resulta curioso que apenas el primer capítulo de la norma esté dedicado a endurecer las sanciones a empresas o personas que exploten recursos naturales en Malvinas sin autorización argentina, cuestión que ha sido el eje retórico de la defensa de la iniciativa por parte del Gobierno.

Tanto es así que el propio presidente Javier Milei salió a reclamar a todo el arco político que integra el Congreso de la Nación para «darle máxima prioridad y celeridad» a la aprobación del proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional. 

Ocurre que a partir del segundo ya cambia totalmente de eje al enfocarse en cuestiones de seguridad, como si un conflicto armado con el Reino Unido fuera una hipótesis efectivamente plausible. El segundo título crea el Consejo de Seguridad Nacional, un órgano nuevo de alcances imprecisos, que la iniciativa define como “rector” de todo un “Sistema de Seguridad Nacional” que propone unificar bajo un mismo paraguas la política exterior, la económica, la de defensa, la de inteligencia y la de ciberseguridad.

En efecto, hasta la economía pasa a formar parte de la seguridad nacional y la competencia de este nuevo organismo, al punto que la norma establece que el Ministerio de Economía deberá «elaborar una Política Económica de Seguridad Nacional», que tendrá que «adecuarse a los lineamientos generales» definidos por el nuevo organismo. Defensa, Cancillería e Inteligencia también deberán elaborar políticas sectoriales, todas coordinadas por el Consejo de Seguridad Nacional. Como si estuviéramos en situación de guerra.

La norma establece que el organismo será presidido por el propio titular del Poder Ejecutivo y lo integrarán el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia y la Secretaría Legal y Técnica.

La “Política de Seguridad Nacional” que defina el cuerpo será, según afirma el texto, “de carácter obligatorio y transversal a todo el Estado”.

El Consejo de Seguridad concentrará incluso, de manera inédita, decisiones seguridad interna y administración de justicia. Empezando porque la norma no sólo establece que el cuerpo se encargará de diseñar las política de seguridad, sino también de ejecutarla y de sancionar a quienes considera que la violan.

En efecto, el Título IV  nombra al cuerpo como “Autoridad de Aplicación” de un nuevo régimen de infracciones por “afectación o amenaza a la Seguridad Nacional”, que pueden incluir sanciones que van desde multas a inhabilitaciones para contratar con el Estado, hasta el congelamiento de fondos o subas de aranceles de hasta el 75% contra un país extranjero.

Además, la ley habilita a que el Consejo pueda disponer todas esas medidas –entre varias más- “por acto fundado”, vale decir sin intervención judicial previa. En otras palabras, el mismo cuerpo que redacta la política es el que evalúa si alguien la violó y el que aplica y define el castigo.

Reforma de la Ley de Defensa

No obstante, los cambios más preocupantes están en tres artículos de la Ley de Defensa Nacional 23.554, vigente desde 1988. Dicha norma define a la Defensa Nacional, en su artículo 2°, como el empleo de las Fuerzas Armadas en respuesta frente a “las agresiones de origen externo” y en su artículo 4° remite la Seguridad Interior a “una ley especial”, la norma 24.059 (de 1992).

La norma amplía el concepto de amenaza externa y el papel de las Fuerzas Armadas. La reforma de la Ley de Defensa Nacional incorpora riesgos, amenazas y desafíos externos de origen estatal o no estatal y de carácter cinético o no cinético. Ha bilita a las FFAA a intervenir en operaciones convencionales y no convencionales y ser utilizadas para proteger «Infraestructuras Críticas» dentro del país.

Vale recordar que, en 2006, el decreto reglamentario 727 de la Ley de Defensa Nacional prohibió de forma expresa el uso de las FFAA en la seguridad interior, que quedó reservada para las fuerzas policiales y de seguridad, así como también que la aplicación del sistema de Defensa contemple “hipótesis (…) pertenecientes al ámbito de la seguridad interior”. Se trata de dos limitaciones muy relevantes porque fueron concebidas como una salvaguarda a la intervención de las FFAA tras los crímenes de lesa humanidad cometidos por la última dictadura cívico-militar contra una parte de la población.

El proyecto de Milei reescribe el artículo 2° de la 23.554 para que la Defensa Nacional incluya amenazas “de carácter estatal o no estatal”, y el artículo 20° le quita el empleo de las FFAA el calificativo “estatal”.

Además, al habilitar que las FFAA intervengan en la protección de las infraestructuras críticas, abre una posibilidad inédita hasta el momento de romper esa limitación establecida por el decreto 727/06. Además establece que, discrecionalmente, esas «Infraestricturas Críticas» serán identificadas por el propio Consejo de Seguridad: de hecho el texto incluye en esa categoría ámbitos de salud, energía, sistema financiero y redes de servicios esenciales, es decir potencialmente todos los espacios internos del país.

Los antecedentes de la maniobra

Como acota el periodista Mauricio Caminos, este intento de habilitar la intervención de las FFAA en cuestiones de seguridad interna no es nuevo. Ya en 2018, Mauricio Macri amplió por el decreto 683/2018 esa doctrina y generó una ola de repudio de los organismos de derechos humanos por exceder el poder reglamentario del Ejecutivo. En 2020, Alberto Fernández lo derogó y restauró la versión restrictiva de 2006. En diciembre de 2024, ya con Milei en la Casa Rosada y Luis Petri en Defensa, un nuevo decreto (1112/2024) volvió a ampliar el concepto de defensa para incluir amenazas de “organizaciones terroristas u otras organizaciones transnacionales”, lo que llevó al CELS a advertir que la medida “estira las posibilidades” de uso de las Fuerzas Armadas hacia tareas para las que no están entrenadas y que la Ley de Seguridad Interior reserva a otros cuerpos.

Lo novedoso es que este proyecto intenta habilitar esta ampliación de facultades por ley. “La diferencia con este proyecto es de escala: lo que hasta ahora se jugaba a nivel de decreto —y que cada Gobierno pudo revertir con la firma de su sucesor— pasaría a estar escrito en la ley madre de la Defensa Nacional, algo mucho más difícil de deshacer”, advirtió Caminos.

Nuevas amenazas en el horizonte

Otro capítulo polémico es el Título VI del proyecto de ley. Bajo el nombre “Fortalecimiento ante la influencia extranjera”, el capítulo de la mega norma oficial incorpora al Código Penal el artículo 225 bis, que reprime con prisión de 5 a 12 años —hasta 15 si median sobornos, amenazas o estructuras criminales— a quien, actuando por cuenta o financiamiento de un Estado u organización extranjera, “procure alterar procesos electorales o manipular la opinión pública mediante campañas coordinadas de desinformación masiva”.

Además, se suman los artículos 222 bis y 222 ter, que castigan con 5 a 15 años la entrega de secretos a un Estado extranjero y con 3 a 10 años el apoyo material a una operación de inteligencia extranjera clandestina en territorio argentino.

También reforma el artículo 215 sobre traición que agrava la pena cuando el autor es funcionario de las Fuerzas Armadas, fuerzas de seguridad o inteligencia. En paralelo, el proyecto modifica la Ley de Financiamiento de Partidos Políticos (26.215) para prohibir y sancionar el aporte de campañas por personas extranjeras sin residencia permanente o personas jurídicas extranjeras.

“El Título VII crea, además, el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), que funcionará en la órbita de la Unidad de Información Financiera. La sola inscripción —que no requiere condena ni siquiera causa penal abierta, sino ‘motivos razonables para sospechar’— habilita la inmovilización de bienes y la prohibición de contratar con el Estado, con un mecanismo de exclusión posterior a cargo de la propia UIF”, esclarece Caminos.

Finalmente, bajo circunstancias poco claras, habilita el derribo de aeronaves o hundimientos de buques declarados hostiles en el mar cuando no respondan a las órdenes de las autoridades argentinas.

Los riesgos en cuestión

“El texto no deroga la Ley de Seguridad Interior ni habilita de forma explícita que las Fuerzas Armadas reemplacen a las fuerzas policiales en tareas de patrullaje o represión de protestas. Pero al borrar el requisito de estatalidad de la amenaza externa, habilitar su despliegue en infraestructura doméstica y concentrar en un mismo Consejo presidido por el Presidente las decisiones de defensa, inteligencia”, advirtió Caminos.

Críticas de la oposición

“El proyecto sobre Malvinas es una trampa para modificar el sistema de seguridad nacional”, advirtió el ex ministro de Defensa y actual diputado nacional Agustín Rossi (UxP), quien consideró que «es una ley ómnibus porque se introducen varios temas en un mismo proyecto. Veo una trampa clara: pretenden incorporar el Consejo de Seguridad Nacional en el marco del aumento de penas para las empresas que realicen actividades económicas con permiso en las Islas Malvinas».

«Esto es una vergüenza absoluta», sostuvo Rossi, quien advirtió que la delegación de facultades que promueve equivale a exigir «un estado de sitio preventivo para el Consejo de Seguridad Nacional» mediante el otorgamiento de «atribuciones discrecionales«.

El diputado también cuestionó que el proyecto autorice la intervención de las Fuerzas Armadas ante situaciones «no convencionales», lo cual vulnera la Ley de Seguridad Interior y la Ley de Defensa Nacional, según denunció.

«Si desean modificar el sistema de Defensa, deberían enviar una ley especial«, enfatizó Rossi, que además criticó la reincorporación de la denominada Ley de Derribos, que definió como una ley de «pena de muerte sin juicio previo«. Además, criticó la inclusión de un Registro de Terrorismo: «Ya lo tenían. Lo que hacen ahora es ponerlo por ley. Y lo que hay es una aplicación discrecional de la designación de terrorismo. Lo aplican no solo a organizaciones sino también a actos terroristas. Esto me parece que es lo peligroso».

«Resulta inaceptable respaldar un proyecto que rompe los límites republicanos y pone en riesgo la calidad democrática del país», agregó Esteban Paulón, quien consideró que el Gobierno «intenta concentrar el poder en materia de seguridad pública, desdibujar el rol del Congreso e instalar un estado generalizado de sospecha sobre organizaciones y partidos políticos que habilita la persecución».

Restricciones a la libertad de prensa

El diputado también salió al cruce del artículo que impone restricciones a la libertad de prensa.

«Hay un artículo que atenta contra la libertad de prensa porque sin muchas especificaciones dice que podrán ser sancionados aquellos que lleven adelante una campaña de desprestigio contra la Nación Argentina o una campaña contra el gobierno», lamentó y calificó como «una vergüenza» que en el marco de una ley de Soberanía Nacional se incluya un artículo «con nombre y apellido» para que Antoni Gutiérrez Rubí, el consultor español que asesoró al peronismo en las últimas elecciones, «no vuelva a trabajar en la Argentina». «La jerarquización de los temas en este proyecto es sumamente extraña», finalizó Rossi.

“El Presidente que se inventó que durante 2025 sufrió un intento de golpe de Estado con siete intentos de juicio político incluidos y que este año acusó a buena parte de la prensa argentina de recibir dinero de Rusia para montar campañas de desprestigio contra el Gobierno quiere una herramienta para poder acusar penalmente a cualquiera de querer desestabilizarlo. Esto es muy peligroso”, agregó por su parte el diputado Pablo Juliano (UCR).

 

El Gobierno envió al Congreso la Ley de Soberanía sobre Malvinas y Milei rechazó críticas

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