Se trata de un fallo del juez del Tribunal Oral Federal 1 (TOF1) de la ciudad de Córdoba, Julián Falcucci, quien resolvió condenarla a 3 años de prisión en suspenso” por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”, una pena menor que la establece la legislación vigente la cual fija un mínimo de 4 años para su cumplimiento efectivo. Para modificar la pena, Falcucci declaró la inconstitucionalidad del mínimo de la sanción punitiva (de 4 años) establecida en dicho tipo penal”.
El fiscal federal a cargo de la acusación, Maximiliano Hariabedian, sostuvo que en sus alegatos había solicitado que la mujer sea condenada con el mínimo de la pena, que tiene un rango de entre 4 y 15 años, y con prisión domiciliaria”, pero que el Tribunal resolvió atenuar aún más con la suspensión en el cumplimiento de la prisión.
La mujer era víctima de violencia de género por parte del principal responsable en la causa, R.I.T., de 43 años, que recibió una condena de 8 años por ‘almacenamiento de estupefacientes’, con quien mantenía un vínculo amoroso”.
La mujer estaba en una situación de necesidad extrema, y este hombre se aprovechaba de ese estado de vulnerabilidad ejerciendo una posición de ascendencia sobre ella, dándole dinero y drogas para vender y, de esa manera, mantener a sus dos hijos, a su madre, a una hermana adicta y con VIH y su beba”, detalló el fiscal Hairabedian.
En el fallo quedó probado que a R.I.T. se impuso una perimetral para que no se acercara a la mujer a partir de una denuncia por violencia de género. Todo este escenario cobra especial sentido al entender que la sobrecarga de responsabilidades en la imputada y la falta de recursos económicos para afrontarlas, pudieron motivar a involucrarse en el tráfico ilícito de sustancias”, se sostuvo en el fallo.