De este modo, los jubilados de ese sector cobrarán en diciembre el aumento que corresponde al trimestre julio-septiembre, en lugar de esperar a marzo de 2022 para cobrar la movilidad semestral de julio-diciembre.
En consecuencia, el incremento de diciembre se considerará «con carácter de adelanto a cuenta de la que corresponda otorgar en marzo de 2022», de acuerdo con la Resolución N° 659/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
«Establécese que para los beneficios alcanzados por el suplemento Régimen Especial para Docentes , creado por el Decreto N° 137 del 21 de febrero de 2005, se otorgará en diciembre de 2021, de manera excepcional, la variación de la Remuneración Imponible Promedio Docente entre los meses de junio y septiembre de 2021, con carácter de adelanto a cuenta de la que corresponda otorgar en marzo de 2022», según el texto oficial.
Trabajo reconoció que n los últimos doce meses, a junio último, los jubilados docentes nacionales recibieron un incremento del 31,4%: 19,06% por la segunda mitad de 2020 y 10,37% por el primer semestre de 2021. Esa cifra está unos 20 puntos por debajo de la inflación y, en consecuencia, el Poder Ejecutivo decidió adelantar tres meses el aumento previsto para marzo de 2022.
«Este valor ( 31,4%) en el marco de la emergencia económica y sanitaria que ha afectado al país, cabe ser atendido excepcionalmente en paridad de condiciones temporales que el resto de los y las beneficiarias previsionales», justificó la Resolución.
El régimen previsional general cuenta con incrementos trimestrales, pero los jubilados docentes reciben dos aumentos por año, en marzo y septiembre, de acuerdo con la evolución de los salarios de los maestros.
Así, en septiembre de cada año perciben el aumento que corresponde a la variación de los salarios de los docentes entre enero y junio; en marzo, a la variación entre julio y diciembre.
La ley previsional de los docentes fija que los trabajadores activos aportan dos puntos adicionales (13% del salario) y se jubilan con el 82% móvil correspondiente al cargo que tenían en actividad.
Para determinar los aumentos de las jubilaciones, la Secretaría de Seguridad Social calcula la variación semestral de los sueldos de los docentes activos con aportes, denominada «Remuneración Imponible Promedio Docente» (RIPDOC). Los docentes nacionales se jubilan a los 57 años en el caso de las mujeres y a los 60 años los varones.