Los hermanos Miguel y Darío Humberto Madariaga, detenidos por el crimen de la niña Morena Domínguez en Lanús, habían recibido condenas por hechos anteriores, pero habían sido beneficiados por la Justicia.
Los jóvenes habían sido condenados a tres años de prisión por el Tribunal Oral Criminal 30 por robo de vehículo en la vía pública y al primero de ellos incluso se le sumaba el delito de robo simple. En el mismo veredicto, los hermanos habían sido condenados junto con Jorge Amado y Abraham Quinteros.
Darío Humberto se le había fijado la pena de tres años y a Miguel, de cuatro años y seis meses, ya que arrastraba un antecedente de una pena en suspenso del Tribunal Oral Criminal 25.
La condena de los hermanos Madariaga fue homologada por el Tribunal debido a que habían hecho un pacto con la Fiscalía en un juicio abreviado de tres años de prisión efectiva.
A Darío Humberto en octubre del año pasado la Cámara Nacional de Casación Penal lo benefició al aliviar su acusación: entendió que el robo en poblado y en banda no existió y caratuló al hecho como robo simple, para luego enviar al Tribunal 30 el expediente para que imponga nueva pena y cuando se notificó al imputado para avanzar, nunca se presentó y fue declarado rebelde. Por eso tenía pedido de captura.
A Miguel en el último antecedente se le había impuesto una pena de tres años de prisión también efectiva, pero como tenía antecedentes de una pena en suspenso impuesta por el Tribunal 25, la condena unificada por aquellos fue en total de cuatro años y seis meses.
En el proceso, se detectó que había un antecedente judicial del Juzgado Correccional de Lomas de Zamora que no había sido tenido en cuenta. Sobre ello, la defensa y la Fiscalía volvieron a pactar y ante el Tribunal pidieron mantener esa condena de cuatro años y seis meses, y cuando se lo quiso notificar a Miguel Madariaga, éste nunca se presentó y por eso fue declarado rebelde con el pedido de captura correspondiente: misma situación que se había registrado con su hermano.
Los hermanos Madariaga en medio de ese proceso judicial ya habían alcanzado la libertad condicional y por eso estaban en libertad. No obstante, sobre los dos pesaba un pedido de captura del Tribunal 30 porque nunca se presentaron a derecho para ser notificados de las condenas respectivas.