Los esquemas del monotributo y el impuesto a las ganancias tendrán este mes una actualización, que se calculará considerando la inflación acumulada en determinados períodos. Las reglas referidas a cómo son los reajustes a partir del actual 2025 fueron establecidas por la ley 27.743, de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, y por sus normas reglamentarias, como el decreto 652.
Según es posible estimar utilizando los datos por ahora disponibles, la facturación anual tope para ser monotributista podría pasar de $ 68.000.000 a aproximadamente $ 82.000.000, en tanto que la menor remuneración bruta alcanzada por Ganancias subiría de $ 2.040.300 a alrededor de $ 2.270.000, si se trata de un empleado sin deducciones ni por familiares a cargo (hijos menores o con discapacidad, o cónyuge que prácticamente no tenga ingresos propios), ni por determinados gastos.
Pese a que los parámetros ya reajustados rigen desde el inicio del año, lo cierto es que todavía no se conoce cuáles son. Y esto es así porque la normativa dispuso que, para definir el porcentaje del reajuste, se debe tomar en cuenta la inflación de diciembre, además de la de otros meses. Y el dato del último mes de 2024 recién será difundido por el Indec el martes 14 de enero.
La manera tardía en que se hará la actualización trae como consecuencia que, en el caso de Ganancias, los empleadores deberán corregir, en la próxima liquidación de salarios, los importes descontados de los ingresos percibidos este mes.
En el caso del régimen impositivo simplificado (monotributo) el índice de actualización será equivalente a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del período de julio a diciembre. Concretamente, la ley dice que la readecuación se hará según la inflación del “semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice”.
Habrá dos reajustes cada año, en enero y en julio. En el primer caso se observará la inflación del segundo semestre del año previo, y en el segundo caso, la del período extendido entre enero y junio.
En estos primeros días de 2025, el dato que se conoce es que la suba general de precios entre julio y noviembre fue de 17,95%. De acuerdo con las estimaciones de varios economistas, en diciembre la inflación habría sido de un porcentaje similar al de noviembre (2,4%). Si eso se confirma, entonces el dato de variación del IPC en los cuatro meses a considerar para el reajuste será de alrededor de 20% o 21%.
La actualización abarca los montos de ingresos mínimo y máximo para estar en cada categoría del régimen del monotributo, los valores topes de los alquileres de inmuebles afectados a la actividad, y también los importes a pagar por los contribuyentes, tanto por el impuesto integrado como por los aportes a los sistemas jubilatorio y de salud.
Impuesto a las ganancias
En cuanto al impuesto a las ganancias que pesa sobre los ingresos de un grupo de personas (asalariados, jubilados y autónomos), la actualización abarca tanto las variables que definen qué ingresos quedan alcanzados, como los valores de la tabla de alícuotas que determina cuánto se paga. El reajuste se hará también dos veces cada año, en enero y en julio, y según la inflación acumulada en los respectivos semestres previos.
Sin embargo, para definir el esquema que regirá para los ingresos percibidos entre el actual mes de enero y junio de 2025 se tomará, por excepción, solo la variación del IPC entre septiembre y diciembre. Así lo dispuso el Gobierno, con el argumento de que en 2024 hubo un reajuste del esquema para los ingresos cobrados a partir del noveno mes (ese reajuste, como se explicó en notas anteriores, se aplicó durante los últimos meses solo de manera parcial, en tanto que los efectos se terminarán de ver cuando se cobren los sueldos de abril próximo).
De esta manera, y de acuerdo con las estimaciones referidas al IPC de diciembre, el reajuste de Ganancias no sería de aproximadamente el 20% o 21% (como en el monotributo), sino de alrededor de 11,5%. Y, entonces, un empleado sin deducciones por familiares o por gastos tendrá descuentos a partir de una remuneración de alrededor de $2,27 millones. La cifra será más alta, claro, si se declaran cónyuge y/o hijos a cargo.