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Ministerio de Salud

Habrá indemnizaciones para quienes sufrieron efectos adversos por la vacunación del covid

La misma se realizará a través del Fondo de Reparación que se utiliza en diversos países y también fue establecido en el marco del Mecanismo COVAX de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

RedacciónPorRedacción
25 de julio de 2022
Habrá indemnizaciones para quienes sufrieron efectos adversos por la vacunación del covid

El Ministerio de Salud dispuso esta mañana, a través de una resolución publicada en el boletín oficial el pago de indemnizaciones a personas afectadas por eventos adversos de la vacuna contra la Covid-19.

La misma se realizará a través del Fondo de Reparación que se utiliza en diversos países y también fue establecido en el marco del Mecanismo COVAX de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Según la resolución 7/2022 firmada por la ministra de Salud, Carla Vizzotti y del superintendente de Riesgos del Trabajo, Enrique Alberto Cossio, se instituye que “a efectos de materializar la asistencia a personas afectadas”, resulta “necesario establecer el procedimiento para la tramitación de los reclamos indemnizatorios a ser atendidos con recursos del Fondo de Reparación Covid-19”.

El mismo abarca a quienes recibieron alguna de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19 dentro del territorio nacional.

Según al artículo 2, la tramitación del reclamo indemnizatorio requiere que “previamente” el evento adverso haya sido “notificado a través del Sistema de Información Sanitaria Argentino (SISA)” por el personal de salud que asista al presunto damnificado o la presunta damnificada y evaluado ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales.

Todos los estudios que demande el trámite deberán ser aportados en forma digital en el expediente administrativo a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), dentro del plazo que establezca la notificación que lo requiera.

Tanto la realización de los estudios, “como su aporte, estará a cargo de la persona que pretenda” el cobro de la indemnización.

Como el motivo específico todavía no se generó en el sistema TAD, el artículo 7 establece “el interesado o la interesada deberá ingresar su reclamo a través de la opción ‘GENE00558 Presentación Ciudadana ante el Poder Ejecutivo’”, en cuyo asunto deberá consignar “Efectos adversos derivados de la Vacuna Covid-19”.

Los materiales que serán evaluados por la Comisión Médica Jurisdiccional dictados, serán recurribles dentro de los 15 días de su notificación ante la Cámara Federal de Apelaciones con asiento en la jurisdicción del domicilio que consta en el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) de quien pretenda el reconocimiento resarcitorio.

El cálculo de la suma a pagar en las indemnizaciones va a estar a cargo de la Secretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Salud. En el caso de muerte o incapacidad física total y permanente de la persona damnificada la suma será de 240 jubilaciones mínimas.

«Las indemnizaciones correspondientes a daños que no causen incapacidad física total o permanente se deberán valuar en forma directamente proporcional a esta suma de acuerdo con el porcentaje de incapacidad que determinen las comisiones médicas», aclararon desde la cartera sanitaria.

Temas: Covid-19DestacadasVacunación Covid-19
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